Marta Cruz Andrés

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de noviembre de 2019, que condenaba a diez años y seis meses de cárcel a un hombre por empujar a otro a las vías del tren en julio de 2018.

Los hechos sucedieron el 14 de julio de 2018, cuando el condenado A.A.B.A. atentó contra una persona J.P.E.M.,y la arrojó a las vías del metro de la estación de Eugenia de Montijo.

¿Qué sucedió?

Según los hechos probados, en la citada fecha, el condenado A.A.B.A., sin que hubiera discusión previa entre ambos y sin motivo aparente, empujó a la víctima, J.P.E.M., a las vías del metro, quién cayó entre dos vagones en el momento en el que el convoy arrancaba, con la consecuencia de muerte instantánea.

No solo son diez años de cárcel

El juicio de la Audiencia Provincial de Madrid, que se celebró con jurado popular, además de condenar a A.A.B.A, a diez años y medio de cárcel, le sancionó con una indemnización de 150.000 euros a la madre y 50.000 a cada uno de los dos hermanos de la víctima.

El pasado 21 de abril de 2020, los magistrados desestimaron las alegaciones de la defensa y de la acusación y mantuvieron íntegramente la pena impuesta al entender que no hubo error alguno en la valoración de la prueba.

La vista de apelación del pasado 21 de abril de 2020 se pudo celebrar durante el actual estado de alarma ya que se trataba de una causa con preso y, por tanto, no se encontraba entre las actuaciones judiciales suspendidas.

Hay que destacar, que contra la resolución del TSJM es posible interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, tanto por parte de la defensa como de la acusación.

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