Política editorial

Aquí Madrid es un periódico independiente de información regional, con proyección nacional, europea, iberoamericana y mundial, comprometido en la defensa de los derechos fundamentales de las personas y los pueblos expresados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos promulgada por Naciones Unidas, así como en la Constitución Española, que en su Artículo veinte estipula que:

  1. Se reconocen y protegen los derechos:
    a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
    b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
    c) A la libertad de cátedra.
    d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
  2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
  3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
  4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
  5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

De forma especial, en Aquí Madrid se hará el seguimiento de los derechos considerados irrenunciables e imprescriptibles:

  • Derechos en el ámbito personal, como el derecho a la vida y a la integridad física y moral, a la libertad y a la seguridad, a la libre circulación y a la residencia, a la vida privada, a la seguridad jurídica y a la tutela judicial.
  • Derechos públicos, como la igualdad ante la ley, libre comunicación, libertad de expresión, derecho a la información y a la participación, y derecho de manifestación, asociación y de acceso a un cargo público.
  • Derechos socioeconómicos, como la educación libre y gratuita, libertad de cátedra, sindicación, y derecho a la huelga y al trabajo.

Aquí Madrid hará también el seguimiento de otros derechos recogidos en la Constitución española aunque no estén catalogados como fundamentales, entre ellos especialmente principio rectores de la política social y económica como:

  • Protección social y económica de la familia, la formación y readaptación profesionales, la seguridad e higiene en el trabajo.
  • Protección de la salud en los ámbitos personal, laboral y de la salud pública, la educación sanitaria, la educación física y el deporte.
  • Acceso a la cultura.
  • Disfrutar de un medio ambiente adecuado.
  • Acceso a una vivienda digna y adecuada.
  • Tratamiento, rehabilitación e integración de las personas con discapacidades físicas, sensoriales, cognitivas, intelectuales y psíquicas.
  • Suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad, y a su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.
  • Defensa de los consumidores y usuarios mediante el fomento de sus organizaciones y facilitando su participación en las cuestiones que puedan afectarles.

Propiedad intelectual

Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra solo puede ser realizada con la autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra (www.cedro.org; 91 702 19 70 / 93 272 04 45).

Derechos fundamentales de las personas refugiadas

Los derechos de las personas refugiadas se regulan en la Convención de Ginebra de 1951:

  • Derecho a la no devolución por parte del Gobierno de España.
  • No castigo por la entrada en el país.
  • Derecho a un empleo remunerado según las necesidades y las cargas familiares.
  • Libre circulación por España.
  • Vivienda digna para poder salir de centros de acogida.
  • Educación pública y gratuita para los menores.
  • Asistencia médica en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles.
  • Libertad de religión.
  • Acceso a los tribunales con todas las garantías legales y con la presunción de inocencia.
  • Derecho a obtener documentos de identidad que les permitan moverse e identificarse.

Veracidad y pluralidad

En este marco, el periódico podrá reflejar diferentes posiciones políticas, con la excepción de aquellas que propugnen la violencia o el odio entre personas.

Todos los contenidos publicados en Aquí Madrid deben cumplir con las normas de veracidad informativa, incluirán los datos fundamentales y ayudarán a formar criterio a los lectores.

Se rechazará la publicación de contenidos emanados de personas, partidos políticos, grupos económicos o religiosos que no respeten los derechos fundamentales enunciados.

Los contenidos publicados pueden incorporar elementos de análisis pero se diferenciarán con claridad los artículos de opinión.

No se publicarán como noticia contenidos no verificados que puedan crear alarma social.

En informaciones sobre suicidios se cuidará especialmente la veracidad y deberá tenerse en cuenta la relevancia personal o la afección a hechos sociológicos de interés general.

En informaciones sobre violencia de género se tendrán en cuenta las disposiciones legales que se están implementando a partir de la toma en consideración por el Gobierno de todo lo relacionado con esta materia.

Normas deontológicas.

En el desarrollo de su actividad, los periodistas y colaboradores de Aquí Madrid siguen las siguientes normas deontológicas: