El convenio de saneamiento organiza las cargas hidráulicas de 1438 viviendas y más de 270.000 metros cuadrados industriales y terciarios. Su vigencia llega hasta 2062, pero los pagos dependen del desarrollo de los ámbitos. Las obras previstas y los servicios compartidos exigen distinguir los compromisos firmados de la capacidad disponible.

1 Un marco de 2003 que sigue en pie

Villarejo de Salvanés, en la comarca de Las Vegas, junto a la A-3, desarrolla sus infraestructuras sobre las Normas Subsidiarias aprobadas el 20 de marzo de 2003. El convenio de saneamiento de 2024 comprende veintitrés ámbitos: nueve unidades de ejecución en suelo urbano no consolidado —UE-39, 40, 41, 45, 46, 47, 48, 50 y 51— y catorce sectores de suelo urbanizable sectorizado —SAU-5 a SAU-15, SAU-21, SAU-22 y SAU-23—. Ese perímetro es el del convenio, no un inventario completo de toda actuación municipal.

La tabla del convenio recoge 1438 viviendas unifamiliares, 263.741,80 metros cuadrados edificables residenciales y 271.379,89 industriales y terciarios. El SAU-10 concentra 510 viviendas. Una hipótesis de 2,3 a 2,8 residentes por vivienda equivaldría a entre 3307 y 4026 personas si todas se ocuparan. Es una estimación de capacidad residencial, no una previsión de población ni un calendario de construcción.

La corporación tiene trece concejales: CONTIGO, cinco; PSOE, cinco; y PP, tres. Ningún grupo alcanza por sí solo los siete de la mayoría absoluta. Jesús Díaz Raboso, alcalde y representante de CONTIGO según la web municipal, firma los convenios hidráulicos. La composición del pleno no permite deducir cómo se votó cada expediente.

2 Las obras de saneamiento y su financiación

El 2 de abril de 2024 el Ayuntamiento y el Canal de Isabel II —ente público y sociedad— firmaron el convenio de saneamiento para una demanda calculada de 3.860,69 metros cúbicos diarios. Sus tres partidas principales son la galería en mina (9.275.959,41 euros), el tanque con aliviadero de 7250 metros cúbicos (2.094.863,83) y el colector de alivio DN1800 (2.058.208,13). Otras tres tuberías completan el presupuesto estimado de 15.132.611,16 euros, sin IVA. No incluye todos los costes administrativos ni la obtención de terrenos y derechos.

Los promotores deben costear esas infraestructuras como cargas de urbanización. Abonan el cincuenta por ciento de la repercusión al firmar la conformidad técnica, garantizan el resto y liquidan conforme a los hitos del convenio. La repercusión inicial es de unos 3920 euros por metro cúbico diario; al SAU-10 se le asignan 3.311.176,14 euros. La ejecución sustitutoria por promotores requiere aprobación del Canal. Ese reparto no elimina las obligaciones municipales de suelo, tramitación y control.

La cláusula decimoséptima explica que el 27 de junio de 2062 corresponde al término del Contrato-Programa entre el ente público y la sociedad del Canal. El convenio también se extingue cuando se cumplen las obras y los pagos. La fecha marca su vigencia máxima; no es un vencimiento único ni un plazo para aplazar las obras hasta entonces.

3 El abastecimiento y el régimen singular de Las Huertas

El convenio de abastecimiento de 2022 regula la participación de Las Huertas de Villarejo, antes Las Hijosas, en la red general, con 504 metros cúbicos diarios de demanda. Imputa al ámbito 77.607,95 euros por el doblado Quiebrahilos–Villarejo y 27.024,09 por la arteria hacia Villamanrique de Tajo, que el propio texto describe como en servicio. El total publicado es 104.632,05 euros sin IVA, con un céntimo de diferencia respecto a la suma de las partidas. Son participaciones del ámbito, no el precio íntegro de construir ambas arterias.

El núcleo procede del régimen especial de la Ley 9/1985 sobre actuaciones urbanísticas ilegales y de un plan de ordenación de 1987. La junta se constituyó en 1995 y sus nuevos estatutos se aprobaron en 2018. El convenio recoge su delimitación como suelo no urbanizable especialmente protegido, clase IV, en las Normas de 2003, y contempla 243 viviendas unifamiliares. Este régimen requiere leer el planeamiento y sus antecedentes conjuntamente: esas viviendas no pueden añadirse automáticamente al crecimiento nuevo de los veintitrés ámbitos.

4 El suelo industrial, el escaparate y el precedente

El 27 de octubre de 2023 el pleno aprobó inicialmente una modificación puntual de las Normas sobre las áreas de la Ordenanza 04, «Edificación Industria Jardín», en todos sus grados, y suspendió allí licencias, declaraciones responsables y actos de uso del suelo, a la espera de los informes de la Dirección General de Carreteras del Estado y de la Comunidad de Madrid. El informe ambiental estratégico de la modificación, titulada de adecuación de las condiciones urbanísticas del tejido industrial, se resolvió el 31 de octubre de 2024 y se publicó el 15 de noviembre.

El 16 de julio de 2024 el Ayuntamiento firmó con la Comunidad un convenio para incorporar su suelo público al Portal de Suelo, el escaparate regional para inversores y promotores. Dura cuatro años, prorrogables otros cuatro; no crea obligaciones económicas y remite las parcelas concretas a un fichero aparte que el anuncio no recoge.

A ese catálogo se suma una iniciativa residencial: la confederación de cooperativas de vivienda Concovi anunció en marzo de 2024, junto al alcalde, un sector nuevo de quinientas viviendas en régimen cooperativo que aún necesita plan parcial, proyecto de urbanización y acuerdos con los propietarios. La cifra se aproxima a las 510 viviendas del SAU-10, aunque el anuncio no identifica el ámbito.

Hubo un precedente público de otra escala. El Consorcio Urbanístico Puerta del Mediterráneo, con sede en Villarejo y adscrito a la Comunidad, estaba en liquidación en 2020, con la Dirección General de Suelo como órgano liquidador, y figura hoy como extinguido tras su anuncio de liquidación y extinción de diciembre de 2021.

5 Lo que el convenio no suma

Los convenios hidráulicos concretan demandas y reparto de cargas, pero no equivalen a una comprobación de todas las capacidades de servicio. La Mancomunidad Intermunicipal del Sudeste reúne a trece municipios y presta servicios compartidos. Su perímetro no determina por sí mismo qué localidades comparten una depuradora, una arteria o un colector. La comparación con el caso de saneamiento de Valdemoro muestra por qué importa identificar cada instalación y su margen, sin trasladar sus problemas a Villarejo.

El parque de bomberos regional, en una parcela municipal próxima a la autovía, fue anunciado en 2019 para once municipios con 1,86 millones de euros. La nota de enero de 2026 habla de 4,4 millones, casi mil metros cuadrados construidos y apertura prevista a finales de ese año. Son anuncios de fechas distintas: antes de calificar la diferencia como sobrecoste hay que comparar alcance, precios y ejecución. La apertura anunciada tampoco acredita que ya esté operativo.

La prevención y extinción de incendios figura entre los servicios mínimos del artículo 26 de la Ley de Bases del Régimen Local para municipios de más de veinte mil habitantes. Villarejo queda por debajo de ese umbral. La construcción regional del parque y la cooperación municipal deben explicarse con sus acuerdos concretos, además de esa regla de servicios mínimos.

6 Los servicios que vendrán después

El 6 de noviembre de 2025 el pleno aprobó definitivamente la ordenanza de la tasa por la gestión de residuos de competencia local, que sustituye a la tasa de recogida de basuras y se aplica a partir de 2026, con una cuota fija y otra variable que depende de la superficie del inmueble por tramos. Las dos alegaciones presentadas se inadmitieron porque quienes las firmaron no tenían la condición de interesados. Cada una de las 1.438 viviendas previstas entraría en ese mismo sistema de tasas y de servicios mancomunados: el urbanismo se firma una vez, pero los servicios se pagan cada año.

7 Qué decide Villarejo cuando pacta

El verbo pactar describe la cooperación entre Ayuntamiento, Canal y propietarios para desarrollar el planeamiento. No significa que los convenios sustituyan a las Normas Subsidiarias ni que autoricen por sí solos cada vivienda. Para edificar y ocupar, el convenio exige informes, obras y puesta en servicio en los términos que fija para cada fase.

La pregunta es qué capacidad efectiva habrá cuando lleguen los nuevos usos. El método del tenedor de siete púas ayuda a contrastar compromisos, ejecución y controles sin convertir una laguna documental en una acusación. Las fuentes examinadas permiten reconstruir el reparto hidráulico; no permiten cerrar un balance acumulado de todos los servicios ni afirmar que ese balance no exista. Esa diferencia debe guiar la lectura del crecimiento previsto.

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