Los sindicatos presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad de Madrid (SATSE, CCOO, AMYTS, CSIT UNION PROFESIONAL y UGT) han presentado un recurso contencioso-administrativo por la vulneración de derechos fundamentales en la orden de la Comunidad de Madrid por los traslados forzosos y no contratar a ningún profesional con contrato Covid que haya renunciado a ir al Hospital Isabel Zendal.

El recurso firmado por las cinco organizaciones sindicales argumenta la vulneración de varios artículos de la Constitución: el 28 sobre el derecho de negociación sindical, el 23.3 sobre el acceso al empleo público y al artículo 14 y 24 del mismo texto legal.

Los sindicatos informan de que esta semana han conocido la Resolución de la Dirección General de RRHH sobre la puntuación adicional a otorgar en Bolsa de Empleo Temporal a los servicios prestados en 2021 en el Hospital Isabel Zendal, y sostienen que se trata de «un texto basado en una falsedad y que han rechazado».

En este sentido, explican que en el apartado cuatro se puntúa de manera diferente el tiempo trabajado en el Hospital Isabel Zendal en el baremo de las bolsas de empleo temporal y se interpreta que se ha concedido para dar cumplimiento a una petición de las organizaciones sindicales. Algo que no es cierto.

«Las afirmaciones que hace, faltan a la verdad de lo que ha ocurrido realmente en las reuniones celebradas en el último mes», han señalado los cinco sindicatos presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad de Madrid en un escrito al consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero; a la directora general de RRHH, Raquel Sampedro; y al viceconsejero de Asistencia Sanitaria, Juan J. González Armengol.

En él se ha exigido que se «retire íntegramente esta Resolución y se notifique a los centros que esta queda sin efecto».

Asimismo, han recordado a la Administración que «no vamos a acceder a negociar de forma aislada y sacada de contexto ninguno de los puntos que contiene esta propuesta», debido a que «la negociación a la que se alude en la citada Resolución concluyó con la falta de acuerdo» y se redactó de manera «unilateral por parte de la Dirección General».

Por ello, en el caso de que no se retire el texto, las organizaciones sindicales consideran «que su impugnación sería el paso siguiente».

«Por nuestra parte, siempre asistimos a las reuniones de la Mesa Sectorial con voluntad de negociar y llegar a acuerdos, por lo que exigimos que por su parte tenga la misma buena fe negociadora y evite empañar la negociación con actitudes como esta», se concluye en el escrito enviado, que lamenta que «la Administración ha demostrado que el único camino que facilita es el del recurso a la vía judicial».

En el escrito presentado en la Consejería de Sanidad los sindicatos reproducen las siete medidas propuestas para la negociación de la cobertura de puestos en el Hospital Zendal y establecer una compensación económica para todos los profesionales que ejercen en el SERMAS como reconocimiento al esfuerzo desarrollado en el último año.

  1. Gratificación a todos los profesionales del SERMAS que pueda compensar el esfuerzo, el compromiso y la entrega absoluta que han tenido durante este último año, en el que hemos sufrido desgraciadamente los peores meses de la sanidad madrileña, que empezaron con la explosión COVID y que continúa con la tormenta Filomena, la sobrecarga por vacunación etc.
  2. Prorroga de las medidas adoptadas en el año 2020 conforme al Acuerdo de 11 de noviembre de Mesa Sectorial respecto de créditos de Carrera Profesional, y de los acuerdos adoptados de puntuación en bolsa para todos los profesionales que continúan trabajado durante la pandemia.
  3. Creación y dotación de la plantilla propia del nuevo centro Hospital de Emergencias Enfermera Isabel Zendal. Contratación inmediata de todos los profesionales necesarios para una correcta prestación asistencial.
  4. Sustitución urgente e inmediata de los efectivos sustraídos a los centros hospitalarios del SERMAS para su adscripción al HEEIZ.
  5. Reconocimiento y compensación a los profesionales que han sido objeto de traslado forzoso al HEEIZ mediante la adscripción temporal, por dos vías.
  6. Reconocimiento con puntuación adicional de los servicios prestados en el HEEIZ a efectos de bolsas de empleo temporal y OPEs con una puntuación a determinar entre todas las partes.
  7. Compensación económica en forma de dietas por los incrementos en desplazamientos y manutención por las dificultades que conlleva la ubicación del centro y el cambio radical de lugar de trabajo.

Esta información ha sido compartida por Teresa Galindo (SATSE), Rosa Cuadrado (CCOO), Julián Ezquerra (AMYTS), Rosa Vicente (CSIT UNIÓN PROFESIONAL), Julián Ordoñez (UGT).

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