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Segurcaixa Adeslas indemnizará por mala praxis médica en un diagnóstico vesical

Sede en Madrid de SegurCaixa Adeslas
Sede en Madrid de SegurCaixa Adeslas

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado Sentencia en un caso tramitado por los Servicios Jurídicos de la Asociación «El Defensor del Paciente» en la que se condena a la Sociedad Médica Segurcaixa Adeslas al pago de una indemnización de 122.000 euros por mala praxis médica tras una sencilla prueba diagnóstica vesical que casi le cuesta la vida a la paciente.

Según los datos hechos públicos por el Defensor del Paciente, en 2013, una mujer de 57 años fue sometida a una cistoscopia que quedó programada para el día 15 de marzo de ese año. La paciente ingresó en el Hospital de SegurCaixa Adeslas (Madrid) donde se llevó a cabo, bajo sedación, la cistoscopia con práctica, finalmente, de RTU. Nadie le explicó a la paciente los riesgos de la prueba. La paciente recibió al alta hospitalaria ese mismo día a pesar de presentar hematuria y malestar.

Durante los días posteriores al procedimiento diagnóstico la paciente comenzó a tener fiebre. Se telefoneó a la Clínica y al médico, pero se le decía que era normal tras la RTU. Con fecha 27 de marzo de 2013, la paciente continuó con fiebre hasta llegar a los 38,4ºC acompañada de escalofríos. Las llamadas al médico de Adeslas se sucedieron los días 28 y 29 de marzo con idéntico resultado y sin citarla para revisión. Ni siquiera le devolvían las llamadas. También el 1 y el 2 de abril de 2013.

Finalmente, ante la desidia de los servicios sanitarios de SegurCaixa Adeslas y ante semejante abandono, la paciente decidió acudir al Servicio de Urgencias del Hospital La Paz donde se llevó a cabo una ecografía abdominal que evidenció sepsis urinaria grave de difícil manejo secundaria a la RTU.

Inmediatamente fue ingresada en REA y se detectó la existencia de una fístula vesicovaginal y atrógena, es decir, consecuencia de la RTU. La asistencia sanitaria se prolongó durante meses y dejó graves secuelas: fístula vesicovaginal, eventración abdominal, etc. La paciente presenta una incapacidad permanente total y un cuadro depresivo a consecuencia de estos hechos.

Según informa el Letrado, Álvaro Sardinero, la Sentencia de Primera Instancia fue recurrida por la sociedad médica condenada. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el fallo, siendo firme.

La defensa del caso ha sido tramitada por el letrado Álvaro Sardinero, especialista en Derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de la Asociación «El Defensor del Paciente».

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