Un pueblo de 6606 habitantes vio anulado en 2018, con firmeza, su plan general por no acreditar agua, carreteras ni viabilidad económica. Ocho años después tramita otro sobre la misma depuradora y la misma aducción, compartidas con otros dos municipios, y en los documentos públicos consultados no aparece la cuenta de lo que cada plan les añade.

La sentencia que dejó al pueblo sin plan

El 26 de marzo de 2015, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó definitivamente el plan general de Pedrezuela, cuya tramitación había arrancado en 2008. En 2014, Ecologistas en Acción había calculado en sus alegaciones que el plan reclasificaba 3.595.367 m² —359 hectáreas, un 260 por ciento más que las 142,28 ha urbanizables entonces vigentes—, con 1027 viviendas y tres sectores industriales, y que la población pasaría de 5082 a 8000 habitantes.

La organización recurrió el acuerdo y ganó. El TSJ de Madrid lo anuló el 3 de febrero de 2017 por arbitrario y no justificado. El Supremo desestimó el 27 de septiembre de 2018 el recurso de casación de la propia Comunidad y dejó firme la nulidad. Pedrezuela volvió así a las normas subsidiarias de 1986, aprobadas cuando el pueblo tenía 728 habitantes y que hoy rigen sobre 6606 (padrón del INE, 1 de enero de 2025).

Lo que tumbó el plan de 2015

Los jueces no discutieron el gusto urbanístico del plan sino sus cimientos. La memoria no justificaba que el gran suelo industrial proyectado, base del crecimiento previsto, respondiera a previsiones económicas reales. Tampoco había estudio económico-financiero que avalara los precios de vivienda protegida, libre e industrial. Las dos alternativas «A» y «B» clasificaban los mismos terrenos y contemplaban el mismo número de viviendas, de modo que la alternativa cero se descartaba sin análisis ambiental.

Los informes sectoriales cerraron el cerco. El de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de 28 de noviembre de 2013, se emitió sobre 1091 viviendas nuevas, sin contar los solares vacantes en suelo urbano consolidado ni las previsiones en suelo urbanizable no sectorizado, y el Supremo dio por buena esa objeción.

La Demarcación de Carreteras había pedido modificar la documentación antes de informar en sentido favorable; el alto tribunal lo trató como ausencia de informe. Es, a escala de un pueblo, el fallo de suma que recorre toda la serie: cada partida se calcula por separado y nadie la añade a las demás.

El plan que vuelve

El Avance del nuevo plan, fechado en marzo de 2022, lleva la firma de la consultora Omicron-Amepro y reconoce en el artículo 2 de sus normas que sustituye a las normas de 1986 porque el plan de 2015 fue derogado por sentencia. La información pública terminaba el 15 de febrero de 2023 y el BOCM del 27 de febrero abrió cuarenta y cinco días más, según el boletín mensual de Uría. El 23 de julio de 2025, el Consejo de Gobierno emitió el informe de impacto territorial, preceptivo y vinculante. Se publicó como PDF escaneado sin capa de texto: no se puede buscar en él una sola cifra.

Ocho años después de la sentencia, y casi dieciocho después de que empezara la tramitación del plan anulado, Pedrezuela sigue sin plan válido ni aprobación inicial de otro.

Las tuberías no cambiaron

El casco urbano vierte por un emisario a la depuradora de El Vellón, del Canal de Isabel II, en servicio desde 2002 y proyectada para 12.000 habitantes equivalentes, que da servicio a Pedrezuela, a El Vellón y, en parte, a El Molar, según la documentación de una modificación puntual del propio Ayuntamiento en 2021.

El agua llega por la misma aducción, la de Torrelaguna-Ramal Oeste, que abastece a los tres municipios desde el depósito de Valdegallegos, de 20.500 m³. La red de alcantarillado es unitaria y la cámara de rotura del noroeste tiene un aliviadero a cauce para lo que el bombeo no absorbe. Las urbanizaciones de Montenebro y Atalaya Real depuran con plantas privadas propias.

Dos de los tres municipios que comparten esa infraestructura tienen ya informe de impacto territorial de su plan: Pedrezuela, en julio de 2025, y El Vellón, el 27 de mayo de 2026, según el listado oficial. En los documentos públicos consultados no figura la cuenta agregada de esa depuradora ni de esa aducción; queda pedirla por escrito al Canal y a la Dirección General de Urbanismo, y hasta entonces no puede afirmarse que no exista.

Las cifras de referencia envejecen, además, con rapidez. El consumo de agua que usa la documentación de 2021, 0,71 hm³ al año, se calcula con el padrón de 2009. Su proyección de población, con un 3,01 por ciento anual, daba 7133 habitantes en 2025 y 8779 en 2032, y pedía suelo para 1018 viviendas; el padrón de 2025 quedó 527 habitantes por debajo de esa curva.

Crecer primero y regularizar después

Pedrezuela conoce ese orden por su propia historia. Montenebro, 120 hectáreas y hasta 745 viviendas, se empezó a urbanizar a finales de 1972 de forma ilegal, según el estudio de 2021, se regularizó por convenio con el Ayuntamiento entre 1984 y 1985 y entró como suelo urbanizable en las normas de 1986.

En la unidad de actuación UA-3, las 34 viviendas ya estaban construidas cuando el Ayuntamiento redactó una modificación puntual para regularizarlas, porque no constaba proyecto de urbanización ni de reparcelación. El tamaño, además, importa: entre 5000 y 20.000 habitantes, la protección civil y la extinción de incendios no son servicio municipal obligatorio, y en 2025 el incendio de El Molar y Pedrezuela quemó 206 hectáreas de pasto y matorral, uno de los tres mayores de la Comunidad ese año.

El mejor argumento contrario es que el sistema funcionó: una asociación recurrió, los tribunales dieron la razón y el plan cayó. Cierto, pero al cabo de una década de tramitación, con un solo actor documentado, y con el pueblo regido desde entonces por unas normas de 1986. Sobre el plan actual no constan públicamente alegaciones ni plataformas.

La pregunta que deja Pedrezuela no es si un juez puede parar un plan, sino quién suma, antes de la sentencia, lo que cada plan pide a la misma depuradora.

Aquí la Ficha de Pedrezuela

La investigación pendiente

Las cifras del Avance actual (viviendas y hectáreas sectorizadas y no sectorizadas) y el informe hídrico de la CHT sobre él; la lectura del informe de impacto territorial de 2025, escaneado; las cargas de El Vellón y El Molar sobre la depuradora compartida y su nombre exacto («El Vellón» o «Molar Norte»); la solicitud escrita al Canal y a la Dirección General de Urbanismo; la deuda y el paro del municipio; y la discrepancia entre el 60 por ciento de crecimiento que calculó Ecologistas y la expresión «triplicar la población» que recoge la oposición al recurso en la sentencia del Supremo. Queda también por fijar la fecha exacta de las normas de 1986 (19 de junio o 14 de julio) y cotejar la población con el INE.

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