Los vehículos de movilidad personal (como los patinetes eléctricos) deben circular a partir de este sábado sólo por las ciudades, pero no por las aceras y las zonas peatonales, y a una velocidad máxima de 25 kilómetros hora.

Esas novedades aparecen en un real decreto sobre medidas del tráfico urbano que modifica el Reglamento General de Vehículos. La norma fue aprobada por el Consejo de Ministros el 10 de noviembre 2020 en el marco de un paquete legislativo que, en conjunto, modifica sustancialmente la legislación de tráfico y circulación, informa Servimedia.

El Gobierno pretende generar un nuevo modelo de seguridad vial alineado con la Unión europea (UE) y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para reducir un cincuenta por ciento el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de tráfico hasta 2030.

El apartado dedicado a los vehículos de movilidad personal entra en vigor este sábado 2 de enero 2021.

El real decreto reduce la velocidad máxima de los vehículos motorizados a treinta kilómetros horas en las calles de un único carril por sentido de circulación, pero esto será una realidad el 11 de mayo de 2021).

El real decreto define vehículo de movilidad personal como el que tiene una o más ruedas, está dotado de una única plaza y se propulsa exclusivamente por motores eléctricos, que pueden proporcionar una velocidad máxima comprendida entre seis y veinticinco kilómetros hora. Por tanto, quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida.

Los vehículos de movilidad personal no podrán circular por las aceras y por las zonas peatonales (es decir, deberán hacerlo por la calzada), tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos y queda también vedada su circulación en vías interurbanas, travesías, así como autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado ni en túneles urbanos. Es decir, sólo podrán ir por áreas urbanas.

Además, la DGT aprobará un manual de características de los vehículos de movilidad personal. A los veinticuatro meses de su publicación, será obligatorio tener un certificado para circular con ellos.

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