Este 1 de enero de 2023 comienzan a aplicarse y a entrar en vigor nuevas medidas en las áreas de competencia del ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, orientadas a ampliar derechos, reforzar el sistema de protección social y atender a las situaciones de mayor vulnerabilidad. 

Además de los hitos más notables, como la revalorización de las pensiones en un 8,5 por ciento con carácter general y en un 15 por ciento en el caso de las pensiones no contributivas y de la renta garantizada en el Ingreso Mínimo Vital, las medidas que empezarán a aplicarse en 2023 y que cuentan con más impacto social y económico son las siguientes: 

  • Comienza a aplicarse el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos basado en los rendimientos netos y acordado con los interlocutores sociales, que incluye además mejoras en su protección por cese de actividad. Con este nuevo sistema, tres de cada cuatro autónomos -los que menos ganan- tendrán acceso a una cuota igual o menor que la que pagan actualmente, reducción que puede llegar a ser de hasta un 30 por ciento respecto a las cuotas actuales. El nuevo sistema beneficia especialmente a las mujeres y a los jóvenes. 
  • Reducciones de cuotas para las empresas y autónomos de Cuenca, Soria y Teruel. Las empresas se beneficiarán de una reducción del 5 por ciento en la cotización por contingencias comunes de las empresas por todos los contratos indefinidos existentes en el ámbito provincial, del 15 por ciento en los nuevos contratos indefinidos y del 20 por ciento en nuevos contratos indefinidos en empresas situadas en municipios de hasta mil habitantes. En el caso de los autónomos, se beneficiarán de una cuota única mensual de 80 euros por contingencias comunes y profesionales aquellos que durante el año 2023 causen alta inicial o no hubieran estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores, siempre que desempeñen toda su actividad en las provincias de Cuenca, Soria y Teruel. Esta cuota reducida se extenderá durante los 36 primeros meses. naturales inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta. 
  • Aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), la aportación extraordinaria y temporal de 0,6 puntos porcentuales de la cotización por contingencias comunes, repartido entre la empresa y el trabajador con la misma distribución que en las cotizaciones sociales. La recaudación se destinará a la reactivación del Fondo de Reserva -la «hucha de las pensiones»- que recibirá por ello este año cerca de tres mil millones.
  • Los bienes inmuebles del patrimonio de la Seguridad Social podrán ser adscritos a órganos de la Administración General del Estado o sus Organismos públicos, o a otras administraciones públicas o a entidades de derecho público con personalidad jurídica propia o vinculadas o dependientes de las mismas. Con ello, se posibilita dar un uso público, al servicio de los ciudadanos, a inmuebles de los que es propietaria la Seguridad Social pero que no están siendo utilizados por ella. 
  • Empieza a aplicarse la nueva regulación de los planes de pensiones de empleo, que permitirá ampliar la población cubierta por estos planes, acercándonos a la situación de los principales países europeos. Las empresas podrán reducirse en su cuota a la Seguridad Social las contribuciones que hagan a los planes de empleo de sus trabajadores, con un límite 1431 euros al año por empleado. También podrán practicar una deducción en la cuota del Impuesto de Sociedades del 10 por ciento de sus contribuciones en los planes de pensiones de los trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a los 27.000 euros, y la parte proporcional para los empleados con salarios superiores. En cuanto a los trabajadores, podrán deducirse del Impuesto sobre la Renta hasta 10.000 euros al año, con la contribución de la empresa, y los autónomos hasta 5750 euros al año de lo que aporten a su plan de pensiones de empleo. 
  • En 2023 se completa la normativa del IMV, que se diseñó en 2020 como un conjunto de políticas para garantizar la inclusión sociolaboral de las personas más vulnerables. Entra en vigor el incentivo al empleo, que se calcula de oficio para los perceptores del IMV que se incorporen al mercado laboral o aumenten el número de horas de trabajo, en el caso de que ya tengan actividad laboral, y que garantiza que su renta disponible sea superior a la que habrían tenido sin incentivo. 
  • Entra en vigor la acción concertada, que sustituye el sistema de subvenciones anuales para el sistema de acogida tanto para los solicitantes de protección internacional como para los receptores de atención humanitaria. Esta figura, pionera en la Administración General del Estado, dotará de mayor estabilidad y transparencia al sistema al establecer un plazo de financiación de dos a cuatro años. Esto permite trazar una planificación plurianual a las entidades, consolidando un sistema mixto de gestión que favorecerá el intercambio de información y permitirá a las entidades colaboradoras mejorar su planificación de recursos. 

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