La Comisión de Salud Pública, en la que se encuentran representadas todas las comunidades y ciudades autónomas y el Ministerio de Sanidad, ha aprobado este 30 de marzo de 2021, tras el trabajo desarrollado por la Ponencia de Vacunas, la Actualización número cinco de la Estrategia de Vacunación, para incluir la ampliación de la edad de utilización de la vacuna de AstraZeneca en el tramo de 55 a 65 años, así como la actualización de algunos de los grupos de riesgo a vacunar y los mensajes fundamentales a transmitir a la población.

En la Actualización se recogen las características de la vacuna de Janssen. Cuando haya disponibilidad de dosis de esta vacuna, se podrá utilizar de forma paralela a las de ARNm, para incrementar el ritmo de vacunación de los grupos etarios de mayor edad.

Respecto a la vacuna de AstraZeneca, teniendo en cuenta la nueva evidencia científica y la ficha técnica autorizada, se amplía el límite de edad. Con ella, por tanto, se completará la vacunación de los grupos de población priorizados por su actividad esencial, como personal sanitario y sociosanitario que no es de primera línea, y trabajadores de instituciones sanitarias y colectivos en activo con una función esencial en la sociedad, como los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o docentes, por ejemplo (grupos 3 B y C y 6). Se continuará vacunando a personas de 56-65 años (grupo 8), comenzando por las de mayor edad.

Personas con condiciones de muy alto riesgo

Además, la Actualización incluye el apartado de las personas con condiciones de muy alto riesgo. El mismo, trabajado teniendo en consideración a las sociedades científicas agrupadas en FACME y las coordinadas desde el Plan Nacional sobre el SIDA, establece que estas personas se vacunarán de manera simultánea al grupo de aquellas con edades comprendidas entre los 70 y los 79 años de edad. Se utilizarán vacunas de ARNm, con la finalidad de alcanzar la mayor protección en un periodo de tiempo menor.

De este grupo forman parte las personas con trasplante de progenitores hematopoyéticos, trasplante de órgano sólido y lista de espera correspondiente, personas en hemodiálisis y diálisis peritoneal, enfermedad oncohematológica, cáncer de órgano sólido en tratamiento con quimioterapia citotóxica, cáncer de pulmón en tratamiento con quimioterapia o inmunoterapia, infección con VIH inmunodeprimidos, personas con inmunodeficiencia primaria y personas con Síndrome de Down mayores de cuarenta años.

Personas con antecedente de infección del virus

La Actualización cinco señala asimismo que la evidencia científica muestra que las personas priorizadas para vacunación que tengan antecedente de infección asintomática o sintomática, e independientemente de la gravedad, obtienen una respuesta inmune muy satisfactoria con una sola dosis, que no mejora con la administración de una segunda dosis.

Por lo tanto, hay suficiente evidencia para administrar una única dosis en personas de 65 o menos años de edad con antecedente de infección previa. Se mantiene, por tanto, la pauta de dos dosis para las personas de 65 o más años.

Indicaciones generales

Se debe tener en cuenta, según el mismo documento, que la vacuna a administrar no puede ser a demanda o elección, con el fin de no socavar los principios y valores éticos de la Estrategia. La vacuna a aplicar debe basarse en la eficacia y la indicación de la o las vacunas para los diferentes grupos de población. Además, la pauta completa se administrará con la misma vacuna.

Las personas que residen en otras comunidades autónomas y las extranjeras residentes en España, recibirán la vacunación correspondiente en el lugar donde se encuentren residiendo cuando se convocan para vacunar. Y, las personas convocadas para vacunación por su trabajo, se vacunarán en la comunidad autónoma donde lo ejerzan.

En el caso de residentes y grandes dependientes en los que hay varios tutores legales que no están de acuerdo en cuanto a la vacunación, prevalecerá la decisión que la ciencia apoya como mejor opción para estas personas, que es la vacunación, salvo que haya algún motivo clínico que justifique no hacerlo.

Se garantizará asimismo la vacunación de todas las personas independientemente del tipo de aseguramiento (mutualidades).

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