El Consejo de Ministros ha aprobado este 21 de mayo 2024 un Real Decreto-ley que mejora y simplifica la protección asistencial del desempleo, ampliando los colectivos protegidos y permitiendo la compatibilidad de las prestaciones con la actividad laboral.

Este acuerdo ha sido alcanzado en el marco del diálogo social del Ministerio de Trabajo con las organizaciones sindicales más representativas, y busca agilizar el proceso administrativo y garantizar una mayor flexibilidad y cobertura para los ciudadanos en situación de desempleo.

La nueva norma permitirá a las personas trabajadoras disfrutar de un acceso más simple a las prestaciones, mejorando la protección y facilitando la compatibilidad de los subsidios por desempleo con el trabajo.

Reducción de cargas administrativas

El Decreto-ley simplifica la regulación para garantizar mayor flexibilidad en el acceso a las prestaciones y reduce las cargas administrativas, facilitando la tramitación y reconocimiento de las ayudas a los ciudadanos.

Los beneficiarios de larga duración se incorporarán prioritariamente a programas del Sistema Nacional de Empleo, facilitando su reincorporación al mercado laboral.

Acumulación del permiso de lactancia

Se prevé la posibilidad de acumular las horas de ausencia retribuidas por lactancia, un derecho que ahora se extiende a todas las personas trabajadoras sin necesidad de estar recogido en el convenio colectivo o en un acuerdo con la empresa.

Mejoras del nivel asistencial

Entre las mejoras, se elimina la deducción por trabajo a tiempo parcial y se modifica el cómputo de renta para no excluir a solicitantes que superen el 75 por ciento del SMI. Se elimina el mes de espera para evitar vacíos en la cobertura, y se amplía la cobertura a menores de 45 años sin cargas familiares y a trabajadores eventuales agrarios, reduciendo a diez las jornadas necesarias para acceder al subsidio.

Nuevo subsidio para víctimas de violencia de género

Las mujeres mayores de dieciséis años víctimas de violencia de género podrán acceder a un nuevo subsidio específico, con las mismas cuantías que el subsidio ordinario.

Cuantías

Los beneficiarios del nivel asistencial del desempleo podrán percibir las siguientes cuantías:

  • Seis primeros meses: 95 por ciento IPREM (570 € según la referencia actual)
  • Seis meses siguientes: 90 por ciento IPREM (540 €)
  • Resto del periodo: 80 por ciento IPREM (480 €)

Compatibilidad con el empleo

El Complemento de Apoyo al Empleo permitirá la compatibilidad del subsidio de desempleo y la prestación ordinaria con la incorporación laboral, prolongándose durante un periodo máximo de 180 días tras agotar un año de subsidio.

Los contenidos principales del Real Decreto-ley son:

  • Ampliación de colectivos protegidos
  • Las víctimas de violencia sexual y de género podrán acogerse a un nuevo subsidio a partir de los 16 años
  • Aumenta la cobertura a las personas menores de 45 años sin cargas familiares y las personas trabajadoras transfronterizas de Ceuta y Melilla
  • Se reduce a diez el número de peonadas necesarias para acceder al subsidio de las personas trabajadoras eventuales agraria.
  • Será posible percibir un Complemento de Apoyo al Empleo hasta un máximo de 180 días para incentivar la incorporación laboral
  • Se modifica el cómputo de renta individual sobre SMI para excluir a la persona beneficiaria
  • Se garantizan los mismos derechos para las trabajadoras a tiempo parcial
  • Todas las trabajadoras podrán disfrutar de la acumulación del permiso por lactancia sin necesidad de que lo recoja un acuerdo personal o su convenio colectivo

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