El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia declarando «que la Comunidad de Madrid vulnera los derechos de los médicos de Atención Primaria y Pediatras» en materia de integridad física y de salud al no haberles dotado de forma adecuada de los medios y medidas de protección en sus centros de trabajo e incumplir con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.

En esta sentencia se ha tenido en cuenta la valoración de la carga de trabajo de este colectivo profesional así como la evaluación de los riesgos que tienen en sus puestos de trabajo.

El Tribunal condena a la Comunidad de Madrid a efectuar de forma inmediata un plan de prevención de riesgos laborales con la valoración de los puestos de trabajo de médicos de atención primaria y pediatras, evaluación de riesgos y determinación de la carga de trabajo fijando los cupos, el número máximo de pacientes a atender por jornada de trabajo y tiempo mínimo de dedicación a cada uno, así como al establecimiento de una plantilla acorde a las necesidades asistenciales y a la cobertura de las vacantes existentes.

Las organizaciones sindicales que se adhirieron a esta demanda colectiva, CCOO, UGT, CSIT y la Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid (ASEM) han valorado esta sentencia y que sea de ejecución inmediata para que «cuanto antes podamos mejorar las condiciones laborales de los profesionales y de una vez por todas podamos mejorar el tiempo que dedicamos a nuestros pacientes».

La sentencia es recurrible, aunque el posible recurso no paraliza su ejecución, por lo que las organizaciones sindicales indican que «estaremos vigilantes y exigiremos el cumplimiento estricto de la misma».

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