La Federación Local de Asociaciones Vecinales de Leganés (FLAVL) ha registrado ante el ayuntamiento un recurso administrativo para la devolución a todos los ciudadanos del IBI del año 2020, por considerar este cobro indebido. En paralelo, ha organizado una recogida de firmas para exigir esta devolución. 

El origen de esta reclamación colectiva está en la sentencia del 9 de abril de este año 2021, cuando el juzgado de lo Contencioso número 34 de Madrid anuló la liquidación que un vecino de Leganés había abonado en concepto de IBI del año 2020.

Consideran los responsables vecinales que esa sentencia debe hacerse extensiva a todos los ciudadanos que hayan pagado ese impuesto.

«Cuando el gobierno local de Leganés intentó aprobar la subida del IBI 2020 –por la que nos manifestamos en contra desde esta Federación Local- en el pleno municipal, no consiguió la mayoría suficiente para su aprobación. Sin embargo, el gobierno del PSOE y Leganemos-Más Madrid, la aplicaron, a sabiendas de que no estaba ajustada a derecho» afirma la FLAVL en un comunicado.

La historia de este Impuesto sobre los Bienes Inmuebles de Leganés resulta, como mínimo, curiosa. Durante los cinco años anteriores a 2020, el Ayuntamiento de Leganés utilizó la facultad que le estaba permitida y no subió el impuesto desde el 0,35 por ciento hasta el 0,40 por ciento que permite la ley.

Lo que hicieron la mayoría de los ayuntamientos fue ir subiendo poco a poco, en la parte correspondiente a cada año, hasta alcanzar la subida total en el citado año de 2020.

La subida que se hizo en ese año en Leganés coloca el impuesto en la misma cantidad que se hubiera pagado al finalizar el periodo de subidas sucesivas que aplicaron otros municipios.

Incluso, aseguran los partidarios de lo hecho por el Ayuntamiento de Leganés, esa forma de subir el impuesto representa que durante los cinco años anteriores los ciudadanos de Leganés no pagaron la subida del impuesto y por tanto se ahorraron ese dinero.

Pero la sentencia del juzgado número 34 inclina la balanza hacia quienes reclaman la devolución de ese impuesto. La sentencia declara «nulo el cobro por no haberse hecho una notificación individual de la liquidación del IBI al contribuyente, tras haberse producido cambios en elementos esenciales del tributo como son el aumento del tipo de gravamen y la modificación de los períodos de pago voluntarios contemplados en el calendario fiscal. Así mismo, ni se aprobó ni se publicó la ordenanza fiscal relativa a este tributo para el ejercicio 2020». 

Esta sentencia, que no ha sido recurrida por el Ayuntamiento de Leganés, viene a dar la razón a las entidades vecinales que consideran que la devolución debería hacerse en la cuenta donde se haya hecho el cobro inicial. 

La Federación indica que «una vez que hemos registrado el recurso iniciamos una campaña de sensibilización a la ciudadanía, con instalación de mesas informativas en distintos puntos y barrios de la ciudad, y con una recogida de firmas. La campaña se iniciará en los próximos días, acorde al calendario acordado con las asociaciones vecinales de la ciudad, y será sostenida en el tiempo, hasta que el Ayuntamiento de Leganés cumpla con lo que exige la ley, devolviendo a cada vecino y vecina lo que es suyo»

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