La Confederación General del Trabajo (CGT) informa de que la Audiencia Nacional ha establecido en una sentencia dictada el 9 de septiembre de 2021, que los contratos de obra de las empresas de telemarketing en España son nulos, resolución que tiene efectos inmediatos en las empresas de Contact Center, ya que las sentencias de esta modalidad son ejecutables desde el momento en que se dictan.

La CGT ha ganado el pulso en materia de contratación a las empresas del sector del Contact Center con más de cuarenta mil contratos de obra, y con centros de trabajo en casi todas las comunidades de España.

Esta sentencia ratifica una reivindicación de la CGT ya que la parte que se anula ha estado en los seis convenios de Telemarketing / Contact Center publicados en el BOE hasta ahora y dice que la parte del convenio que identifica como temporales los contratos vinculados a la campaña o servicio contratado, se aparta del Estatuto de los Trabajadores según de las actuales exigencias jurisprudenciales.

Para la CGT es una sentencia histórica que se fundamenta en toda la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo que rechazaba desde el 2020 que en empresas como las que se dan en el sector del telemarketing, donde el grueso de la actividad económica reposa exclusivamente sobre personas contratadas de forma temporal, desapareciera el marco ordinario de condiciones de trabajo.

Para la CGT los contratos de trabajo de duración indefinida son la forma lógica de relación laboral, y dificultan la precariedad de sectores como el del Contact Center, que han mantenido sus beneficios mediante plantillas eminentemente temporales para su actividad ordinaria.

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