IRPF 2022: las declaraciones de renta comienzan el 1 de abril 2023

El martes 11 de abril 2023 comenzará la campaña de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2022 (IRPF 2022). La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) dispone de distintos servicios para asistir a los contribuyentes en el cumplimiento de esta obligación.

La Constitución Española exige, en su artículo 31, la contribución de todos al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio, informa La Moncloa.

Los tributos -impuestos, tasas y contribuciones especiales- son medios para obtener los recursos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos. Pagar impuestos contribuye a financiar los servicios públicos de las administraciones estatal, autonómica y local.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tiene carácter personal y directo y grava la renta de las personas físicas de acuerdo con su naturaleza y sus circunstancias personales y familiares. El período impositivo es el año natural y se aplica en todo el territorio español.

Es un impuesto parcialmente cedido a las comunidades autónomas, con el límite máximo del 50 por ciento del rendimiento producido en el territorio de cada una de ellas.

La renta del contribuyente es la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.

Existe un mínimo personal y familiar que, por destinarse a cubrir las necesidades vitales del contribuyente y de las personas que de él dependen, no se somete a tributación.

Asimismo, está exenta la renta que se califique expresamente como tal en la normativa de IRPF o en otra ley. No se puede invocar la exención fuera de los casos recogidos en las leyes.

Deben pagar este impuesto las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español y aquellas que tuviesen su residencia habitual en el extranjero en los casos establecidos en los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre.

Funciones de la Agencia Tributaria sobre el IRPF

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), adscrita al Ministerio de Hacienda y Función Pública, es responsable de la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero.

Se encarga de la gestión, inspección y recaudación de los tributos de titularidad estatal, entre ellos el IRPF.

La AEAT dispone de un servicio telefónico de información tributaria básica para dudas: 91 554 87 70, accesible también a través del 901 33 55 33. Su horario es de lunes a viernes, de 9 a 19 horas (hasta las 15:00 horas en agosto).

La AEAT pone a disposición de los contribuyentes distintos servicios de ayuda en su sede electrónica, por teléfono, presencialmente o a través de la aplicación móvil «Agencia Tributaria».

Por otro lado, el Informador de Renta permite repasar los aspectos generales para saber, por ejemplo, si se tiene obligación de declarar o qué deducciones y reducciones pueden aplicarse.

Existe también disponible un servicio de calculadora de IPRF sobre las retenciones del IRPF que puede utilizarse en la web de AEAT sin necesidad de ningún tipo de firma, identificación o autenticación previas.

Finalmente, las comunidades autónomas de régimen común y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla colaborarán a través de la habilitación de oficinas para la prestación de servicios de información tributaria y ayuda para la confección de declaraciones.

Campaña de la Renta 2022

Las fechas para presentar la declaración de IRPF correspondiente al año 2022 son:

  • 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023 para la presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2022.
  • 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023. La AEAT podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 por teléfono (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio).
  • 1 a 30 de junio de 2023. La AEAT podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio).

Borrador de la declaración de renta

El borrador de la declaración de la renta y/o los datos fiscales podrán obtenerse en la sede electrónica de la AEAT desde el 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023.

Los sistemas de identificación exigidos para acceder son:

Los contribuyentes también podrán consultar el borrador a través de la aplicación «Agencia Tributaria», utilizando el sistema Cl@ve PIN o el mencionado número de referencia.

Confirmar o modificar el borrador de la renta y presentarlo

La confirmación y presentación del borrador y, en su caso, modificación, podrá hacerse:

  • En el Servicio de tramitación del borrador/declaración de la sede electrónica de la AEAT
  • Presencialmente, con cita previa, en cualquier Delegación o Administración de la AEAT, y también en las oficinas de las Administraciones tributarias de las comunidades autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía que hayan suscrito con un convenio de colaboración para la implantación del sistema de ventanilla única tributaria
  • Por teléfono, con cita previa, gracias al Plan «Le Llamamos», si se cumplen los requisitos que constan en la sede electrónica de la AEAT
  • Mediante la aplicación «Agencia Tributaria» si no se tiene que modificar o incluir algún dato adicional en el borrador

La solicitud de cita previa para ser atendido presencial o telefónicamente por la AEAT puede hacerse en su sede electrónica o llamando, en los plazos establecidos, a los números 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

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