La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado un expediente sancionador a catorce empresas siderúrgicas por prácticas restrictivas de la competencia en acuerdos para el intercambio de información comercialmente sensible y estratégica entre empresas fabricantes o comercializadoras de productos finales de acero al carbono, relativa tanto a la compra de chatarra férrica como a la venta en España de productos finales de acero al carbono, en especial, de productos largos.
A la vista de determinada información relacionada con posibles prácticas anticompetitivas, entre los días 27 y 29 de noviembre de 2018 se inspeccionó la sede compartida de ArcelorMittal Spain Holding, SL. y sus filiales ArcelorMittal Madrid y ArcelorMittal Comercial Perfiles España; la sede compartida de Compañía Española de Laminación (CELSA) y su filial Ferimet y la sede de Metalúrgica Galaica (Cegasa).
Posteriormente, entre los días 3 y 5 de marzo de 2020 se inspeccionaron las sedes de Siderúrgica Sevillana y de Sidenor Aceros Especiales y se volvieron a inspeccionar las citadas sedes de Arcelormittal y Megasa.
Sobre la base de la información recabada, la Dirección de Competencia ha incoado expediente sancionador contra ArcelorMittal Spain Holding y sus filiales ArcelorMittal Madrid, ArcelorMittal Comercial Perfiles España y ArcelorMittal España; Compañía Española de Laminación (CELSA) y su filial Ferimet; Grupo Gallardo Balboa y su filial AG Siderúrgica Balboa; Metalúrgica Galaica y su matriz Bipadosa como responsable solidaria; Siderúrgica Sevillana y su matriz Riva Forni Elettrici, SPA, como responsable solidaria; y Sidenor Aceros Especiales y su matriz Clerbil como responsable solidaria.
El motivo son posibles prácticas restrictivas de la competencia en España, consistentes en acuerdos para intercambiar información para determinar el precio futuro en el mercado de compra de la chatarra férrica. Así como, información para fijar los precios de comercialización de productos finales de acero al carbono, en especial, de productos largos (perfiles de acero y acero corrugado, fundamentalmente).
Se inicia así un periodo máximo de dieciocho meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC, sin que la incoación de este expediente prejuzgue el resultado final de la investigación, según un comunicado de la CNMC difundido por Financial Media Hub.
La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y sobre el correcto funcionamiento de los mercados.
Para ello se cuenta, entre otros instrumentos, con el Programa de clemencia, que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección, y además, no les sería de aplicación la prohibición de contratar con las Administraciones Públicas, como se establece en el artículo 72.5 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, si resultaran finalmente sancionadas.