El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática adjudicará subvenciones que alcanzan un importe de 750 mil euros para actividades relacionadas con la recuperación de la memoria democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la dictadura en España.

El sesenta por ciento del crédito presupuestario se destinará al grupo de actividades dirigidas a la investigación, localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas en fosas de la Guerra Civil y la dictadura, a la dignificación de las víctimas y, en su caso, de las sepulturas de las personas que murieron en el exilio, informa Servimedia.

El cuarenta por ciento restante irá destinado a otras actividades, como estudios e investigaciones relativas a la recuperación de la memoria democrática, así como al reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra Civil y de la dictadura. También a publicaciones y organización de cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o divulgativo sobre la memoria democrática.

Igualmente, se contemplan otras tareas, como la recopilación, conservación, estudio y difusión del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles, grabaciones sonoras, películas…) o intelectual (manifestaciones artísticas, musicales, literarias…) de la Guerra Civil y/o de la dictadura.

De estas ayudas, que son compatibles con otras subvenciones públicas, podrán beneficiarse asociaciones, fundaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las universidades creadas conforme a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre.

Dichas entidades tendrán que estar legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en los correspondientes registros, carecer de ánimo de lucro y tener incorporados entre sus objetivos o actividades los relacionados con la recuperación de la memoria democrática y el reconocimiento de las víctimas de la Guerra Civil y de la dictadura.

Asimismo, podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas que, sin ánimo de lucro, tengan interés legítimo en estas cuestiones, para lo que habrán de presentar un documento que acredite su existencia y sus fines.

Quedan excluidas como posibles beneficiarias las entidades societarias con ánimo de lucro, las entidades de derecho público, los partidos políticos o los colegios profesionales.

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