El hombre de Valladolid que difundió la identidad de la víctima de `La Manada´ y publicó una fotografía mientras estaba siendo violada en las fiestas de San Fermín de 2016 no ingresará en prisión al ser rebajada la pena inicial dictada por el tribunal de Pamplona de dos años y un día de cárcel por difundir información e insultos a la víctima en Twitter.

Ahora, la Sección Primera de la Audiencia de Navarra le condena por un delito de revelación de secretos en concurso con un delito contra la integridad moral y deja la pena en dos años justos, por lo que el condenado no ingresará en prisión, informa Servimedia.

El hombre, de treinta años de edad y residente en Valladolid difundió la identidad de la víctima, la insultó y la acusó de mentir sobre la violación sucedida en Pamplona en 2016. En diciembre de 2017, el condenado colgó en su perfil de Twitter una fotografía en la que se vía a la mujer mientras era violada junto a uno de sus agresores, José Ángel Prenda.

Pero además de la imagen añadió el comentario: «La chica supuestamente violada por #LaManada ha pedido que no se difunda esta imagen porque quizá pensemos que solo era una golfa borracha. Pero cómo íbamos a pensar eso, si se la ve súper forzada…».

El condenado figuraba en las listas del grupo de ultraderecha Democracia Nacional para las elecciones de 2015. Sus cuentas en redes sociales siguieron funcionando hasta hace unos meses.

Según la sentencia, la publicación debe juzgarse como «trato degradante» a la víctima. Dio lugar a 64 comentarios, 13 likes y fue compartida 16 veces por otras personas provocando la «revictimización» de la joven agredida.

A partir de la publicación de la fotografía, la joven fue reconocida por personas que no sabían de su condición de víctima y tuvo que someterse a tratamiento psicológico, abandonar sus estudios universitarios y trasladarse más de tres meses a vivir al extranjero.

La Audiencia de Navarra resuelve de esta manera el recurso de apelación del hombre que alegó que la fotografía era de mala calidad y no permitía identificar a la joven. Rechaza su argumento para pedir la absolución porque «si bien la denunciante de la simple vista de la fotografía no puede ser reconocida por la práctica totalidad de la población por un simple dato evidente, que no la conocemos, la publicación sí que provocó el que amigos, compañeros de universidad y algunos familiares descubrieran que fue ella precisamente la víctima de los hechos denunciados».

Además, el condenado acompañó la imagen de «datos suficientes para su identificación, como es el concretar el procedimiento judicial del que procede la imagen».

El tribunal también rechaza el argumento de que la publicación no pretendía «humillar» a la víctima y asegura que «no puede compartir» esta idea, «ya que se publicó una imagen del todo vejatoria para la denunciante, con las expresiones de golfa y borracha respecto de la cual ningún atisbo de crítica se ve en ella, sino un ánimo de ir a perjudicar y mostrar la intimidad de un momento que ha merecido una condena penal».

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