El lanzamiento de Dulce, madre de cinco hijos, tres de ellos menores y uno con síndrome de Down, se ha ejecutado este miércoles en el complejo de viviendas de El Ruedo a instancias del Ayuntamiento y de la Comunidad de Madrid, pese a la petición del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas de suspenderlo hasta garantizar una solución habitacional adecuada.
El desahucio de una familia vulnerable en el complejo de viviendas de El Ruedo, en el distrito madrileño de Moratalaz, ha reabierto este miércoles, 15 de julio de 2026, el debate sobre la actuación de las administraciones ante los lanzamientos que afectan a menores y sobre el alcance jurídico de las medidas solicitadas por los comités de derechos humanos de Naciones Unidas.
La afectada es Dulce, madre de cinco hijos, tres de ellos menores de edad y uno con síndrome de Down, que residía junto a su hermano Herminio en una vivienda gestionada por la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.
Según la información publicada por Cadena SER, Somos Madrid y El País, la familia llevaba cinco años en el inmueble, al que accedió sin título tras intentar obtener una vivienda pública por encontrarse en situación de sinhogarismo en Madrid.
El lanzamiento se ha producido en el segundo intento de desalojo. El primero, previsto para el 3 de julio, fue aplazado tras la movilización de vecinos y colectivos de apoyo, entre ellos el Sindicato de Vivienda de Moratalaz, según han recogido distintos medios.
Moratalaz y el desahucio pese a la petición de la ONU
La principal controversia procede de la intervención del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas. Según las informaciones publicadas, este órgano solicitó a España la suspensión del desahucio o la adopción de una alternativa habitacional adecuada para evitar posibles «daños irreparables» a los menores.
La petición no impidió que el juzgado competente ejecutara el lanzamiento. La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, acudió al lugar durante la actuación, aunque su presencia tampoco modificó la decisión judicial, según informó Europa Press.
Las administraciones implicadas sostienen que se siguieron los protocolos de atención social. De acuerdo con las versiones recogidas por los medios, el Ayuntamiento de Madrid afirma que se ofrecieron recursos temporales a la familia, mientras que la Comunidad de Madrid defiende que el procedimiento se desarrolló con garantías.
La familia y los colectivos de apoyo rechazan esa interpretación. Alegan que las opciones planteadas no eran adecuadas para una unidad familiar de ese tamaño ni para las necesidades de un menor con discapacidad. También sostienen que no se ofreció una vivienda estable que garantizara continuidad escolar, arraigo y condiciones compatibles con el cuidado de los menores.
Una actuación «cruel»
El caso ha provocado críticas políticas en el Ayuntamiento de Madrid y en la Asamblea regional. Según Europa Press, Más Madrid ha calificado el desahucio como «la cara más dura y más cruel» de las políticas de vivienda del Partido Popular en la Comunidad y en el Ayuntamiento.
La concejala Pilar Sánchez ha señalado, según esa misma información, que la familia trasladó a los servicios sociales municipales la resolución de Naciones Unidas y que la respuesta recibida fue que no resultaba urgente atenderla durante esta semana.
El conflicto vuelve a situar en el centro de la discusión el papel de la vivienda pública en Madrid, la capacidad de las administraciones para prevenir situaciones de sinhogarismo familiar y la coordinación entre juzgados, servicios sociales y organismos internacionales cuando hay menores afectados.
Qué valor tienen las medidas de los comités de Naciones Unidas
El debate jurídico no es menor. España ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, publicado en el Boletín Oficial del Estado. Ese instrumento permite que el Comité examine comunicaciones individuales y solicite medidas provisionales cuando aprecia riesgo de daño irreparable.
Además, el Tribunal Supremo fijó en 2018 una doctrina relevante sobre los dictámenes de comités de Naciones Unidas. La sentencia 1263/2018, relativa al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, abrió la vía para exigir responsabilidad patrimonial al Estado cuando se incumplen dictámenes internacionales en materia de derechos humanos.
Ahora bien, la aplicación práctica en procedimientos de desahucio sigue siendo conflictiva. Una parte de la doctrina jurídica entiende que los dictámenes y determinadas medidas de los comités obligan al Estado español en virtud de los tratados ratificados. Sin embargo, los juzgados civiles que tramitan lanzamientos no siempre suspenden los procedimientos de forma automática, en parte por la falta de un cauce procesal específico y por la interpretación de que corresponde a las administraciones garantizar la alternativa habitacional.
Esa tensión explica que casos como el de Moratalaz puedan acabar ejecutándose pese a la intervención de Naciones Unidas. El resultado es un choque entre la urgencia del procedimiento judicial, la obligación de proteger el interés superior del menor y la capacidad real de las administraciones para ofrecer una respuesta habitacional suficiente.
Una crisis que excede el caso concreto
El desahucio de Dulce no puede entenderse solo como un conflicto individual por la ocupación sin título de una vivienda pública como en otros desahucios en Madrid. La presencia de menores, la discapacidad de uno de ellos, la intervención del Comité de los Derechos del Niño y la titularidad pública del inmueble elevan el caso a un problema de política social y vivienda.
La cuestión de fondo es si las administraciones madrileñas disponen de mecanismos suficientes para evitar que una familia vulnerable quede sin una alternativa adecuada tras un lanzamiento. También si la vivienda pública debe limitarse a recuperar inmuebles ocupados irregularmente o si, en supuestos de especial vulnerabilidad, debe abrir vías de regularización, mediación o realojo previo.
Con los datos disponibles, consta que el desahucio se ha ejecutado, que existía una petición de Naciones Unidas para suspenderlo o garantizar una solución habitacional, y que las partes mantienen versiones opuestas sobre la suficiencia de las alternativas ofrecidas.
Lo que no queda acreditado en la documentación consultada es que la familia disponga ya de una vivienda estable tras el lanzamiento.
- Pie de foto: Fachada del complejo de viviendas sociales El Ruedo desde la M30




