El Congreso de los Diputados ha aprobado definitivamente este 16 de diciembre de 2021 la Ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que concluye así el trámite parlamentario, certificando la seguridad jurídica de la normativa, ya que hasta ahora se regía por un Real Decreto-ley  de 2020.

En el trámite parlamentario, se han introducido mejoras que se aplicarán a partir de su entrada en vigor. Una de ellas es el complemento de ayuda a la infancia, que llegará a los beneficiarios de la prestación con menores a cargo, pero también a otras familias de rentas bajas, ya que se elevarán los umbrales de renta garantizada y patrimonio establecidos para cada tipología de hogar. 

En concreto, este complemento será de 100 euros por hogar al mes en el caso de niños de cero a tres años; de 70 euros al mes por cada niño entre tres y seis años y de 50 euros al mes por cada menor de entre seis y dieciocho años y lo recibirán los hogares que cumplan dos requisitos: aquellos que no superen el 300 por cien de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar y que no superen el 150 por ciento del umbral de patrimonio correspondiente a su tipo de hogar. Es decir, lo cobrarán los actuales perceptores del IMV con menores a su cargo y otros hogares de rentas bajas, pero no en pobreza extrema. 

Además, se han introducido mejoras para ampliar la cobertura de colectivos especialmente vulnerables, como los jóvenes que han estado bajo la tutela de las entidades públicas.

También se han igualado las condiciones de las familias monoparentales con cuatro o más hijos o menores a cargo; las personas con discapacidad (superior al 65 por ciento) recibirán un complemento del 22 por ciento para la unidad de convivencia y, finalmente, se ha exceptuado del cómputo de rentas las prestaciones que reciben las personas por dependencia y las prestaciones o subsidios por desempleo. 

También se facilita el acceso a través de otras medidas, como la reducción del plazo de antigüedad de la unidad de convivencia de doce a seis meses para acceder a la prestación. En el caso de los titulares menores de treinta años, se ha rebajado de tres a dos años el requisito de acreditación de vida independiente para solicitar la prestación. 

Entre las mejoras, se ha convertido en permanente la posibilidad de solicitar la prestación con los ingresos del año en curso y se han elevado los umbrales de renta y patrimonio para estos casos, con el fin de que el IMV sea más sensible a las situaciones de pobreza sobrevenida. 

Hasta ahora, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha recibido más de 1,5 millones de solicitudes, de las que casi 1,4 millones son solicitudes válidas. Actualmente, se han tramitado más del 97 por ciento. En total, se han aprobado 362.000 prestaciones, con 824.000 beneficiarios. La prestación ha tenido un gran impacto en la reducción de la pobreza infantil, ya que casi el 40 por ciento de los beneficiarios son menores. 

Hace una semana, el Ministerio de Inclusión puso en marcha el Registro de Mediadores del Ingreso Mínimo Vital, para permitir a las entidades colaboradoras acreditar la idoneidad de potenciales beneficiarios de la prestación. Con esta medida, se permite a las entidades del tercer sector de acción social, las ONG, colaborar en la gestión del IMV, previa inscripción en dicho registro, otra medida con la que el Ministerio pretende ampliar el número de beneficiarios de la prestación. 

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