Amnistía Internacional considera que los cargos de terrorismo que pesan sobre las personas investigadas por el caso «Tsunami Democràtic» restringen su libertad de expresión y penalizan indebidamente la desobediencia civil.

La declaración de Amnistía Internacional se produce ante la citación a varias personas investigadas por el caso «Tsunami Democràtic» para declarar hoy por videoconferencia ante la Audiencia Nacional desde un juzgado de Barcelona.

La oenegé pide la retirada inmediata de los cargos de «terrorismo» para todas ellas porque los hechos investigados por la Audiencia Nacional no alcanzan el umbral que los estándares internacionales establecen para considerarlos terroristas.

En su lugar, la presentación de estos cargos contra participantes en acciones de desobediencia civil puede constituir una limitación indebida de sus derechos a la libertad de expresión y de reunión, y generar un efecto disuasorio y desmovilizador.

De hecho, Amnistía Internacional ha conocido de primera mano el testimonio de personas que han visto afectadas su militancia, su ejercicio profesional y sus vidas personales como consecuencia de ser investigadas por la Audiencia Nacional.

Amnistía Internacional considera que la Fiscalía debe continuar instando a que estos hechos no sean investigados como delitos de «terrorismo».

Además, precisamente dada la definición excesivamente amplia e imprecisa que existe actualmente, el Congreso debe aprovechar la actual tramitación de la reforma del Código Penal para garantizar que sólo son tipificados como delitos de terrorismo los que se adecúen a la definición proporcionada por Naciones Unidas.

La organización recuerda que, según el Relator especial de la ONU sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, para que un acto pueda ser considerado terrorista debe cumplir tres características acumulativas: intencionalidad de causar muerte, heridos graves o tomar rehenes; propósito de atemorizar o intimidar a la población u obligar a un Gobierno o a una organización internacional a cometer un acto o abstenerse de hacerlo; y cometer delitos definidos en convenciones y protocolos internacionales (o que contenga todos los elementos necesarios para constituir un delito grave según se define en la ley), algo que no ocurre en las actividades desarrolladas por Tsunami Democràtic.

Movimiento de la sociedad civil catalana

Tsunami Democràtic (TD) es un movimiento creado por la sociedad civil catalana con el objetivo de organizar y coordinar la respuesta ciudadana a la sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2019 contra los líderes políticos y sociales independentistas catalanes.

Esta iniciativa se puso en marcha en Internet el 2 de septiembre de 2019 con la publicación de un manifiesto que presentaba los objetivos del movimiento y sus principios fundamentales: la desobediencia civil y la lucha no violenta.

Entre los hechos investigados por la Audiencia Nacional se encuentran algunos que ya han sido objeto de investigación en la jurisdicción ordinaria, como los cortes de la carretera AP7 entre el 11 y 12 de noviembre de 2019, que ha sido investigado por juzgados de Instrucción de Girona y Figueras, respectivamente, acabando archivadas dichas investigaciones en la inmensa mayoría de casos.

Por otra parte, el Tribunal Supremo acordó el pasado mes de febrero, contra el criterio de la Fiscalía, declarar su competencia para investigar a Carles Puigdemont y a Rubén Wagensberg, diputados electos del Parlament catalán tras las elecciones del pasado 12 de mayo, por delitos de terrorismo en relación con los hechos investigados en el caso «Tsunami Democràtic».

El Supremo afirma que los hechos que se imputan a «Tsunami Democràtic» pueden considerarse delitos graves contra la libertad [detenciones ilegales], integridad física [lesiones], de atentados [contra la autoridad], falsedades documentales [falsificación tarjetas de embarque], y contra el patrimonio [daños mobiliario urbano/ público], cometidos con finalidades terroristas.

Para Amnistía Internacional, esta decisión vuelve a poner de manifiesto la vaga y excesivamente amplia definición de los delitos de terrorismo en el Código Penal español, y por ello exige su reforma urgente y adecuación a estándares internacionales.

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