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Riesgos del sharenting

Sharenting: compartir imágenes de menores

El término «Sharenting» es el resultado de la combinación de dos palabras «sharing» (compartir) y «parenting» (crianza) y se refiere a la práctica de algunos padres y madres de publicar, de forma imprudente, contenido sobre sus hijos menores de edad, a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea.

Existe una sobreexposición de todo tipo de información personal en Internet, no exenta de riesgos cuando se trata de menores. A partir de la primera hora de vida, las vidas de los niños ahora se documentan meticulosamente en las redes sociales, con posibles consecuencias que podrían poner a los menores en riesgo emocional o físico.

¿Han visto este video de YouTube de un niño de siete años que todavía estaba bajo los efectos de la anestesia después de su visita al dentista?. El video puede resultar gracioso, pero no está claro que esta huella digital le haga gracia al niño una vez convertido en adulto.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en colaboración con Pantallas Amigas presentó, en su día, una campaña de sensibilización destinada a los padres de menores para el ejercicio del «sharenting» de forma responsable, considerando los riesgos presentes y futuros a los que exponen a sus hijos. 

Las recomendaciones de la AEPD y Pantallas Amigas a los padres son diez:

  1. Tienes la obligación de cuidar su imagen e intimidad, no el derecho de hacer uso arbitrario de ellas. 
  2. Tu hijo o hija no gana nada con la publicación de las imágenes.
  3. Puede haber distintos criterios sobre qué y cómo se comparten las imágenes de los menores por parte de sus progenitores.
  4. Es posible que no seas consciente de cómo se están difundiendo esas imágenes, una vez que las compartes.
  5. Existen otras formas más seguras para compartir imágenes.
  6. Habitualmente se comparte más información que la que se aprecia a simple vista. Una imagen inocente puede contener detalles de contexto importantes e incluso geolocalización.
  7. Al compartir las imágenes con otras personas, estas pueden asumir que eso significa que las pueden publicar y que las imágenes no son tan privadas.
  8. Lo que publicas escapa de tu control para siempre. Cuando algo aparece en una pantalla, es susceptible de ser capturado y reutilizado.
  9. Compartir imágenes de otras personas sin su consentimiento puede ser una infracción de la normativa de protección de datos. No es un buen ejemplo para nadie, menos aún para los menores de edad.
  10. En ocasiones extremas puede comprometerse la seguridad de miembros de la familia.

Uno de los principales riesgos que existen cuando se publican imágenes de menores en Internet es que ciertas imágenes puedan ser capturadas y recopiladas por depredadores sexuales virtuales y terminar en bancos de imágenes que estos comparten en sus comunidades online. Por desgracia es más habitual de lo que uno puede pensar, así que eviten compartir esas fotografías del primer baño, el primer día en la playa, etc.

En el año 2014 se publicó la noticia de que un grupo de usuarios de Instagram estaba creando extrañas relaciones ficticias usando fotografías de menores, en su mayoría, eran fotografías de bebes y niños que fueron robadas de redes sociales. Los usuarios hablaban de alimentar y disciplinar al niño como si fuera propio. Usaban «hashtags» como #openrp, #babyrp y #kidrp para que otros entusiastas pudieran seguirles el juego. Algunos usuarios tenían familias falsas completas. Otros creaban cuentas donde invitaban a adoptar a sus bebés junto con perfiles inventados. Tampoco faltaban las conversaciones entre pederastas. La comunidad de «juegos de rol de bebés» (baby role-playing), que es como se hacía llamar, no sigue viva, pero quién sabe lo que habrá por ahí.  

Cualquier acto de compartir tiene el potencial de volverse viral y afectar a la reputación digital de su hijo, así que antes de publicar una imagen o un evento sobre su hijo, piense detenidamente si le agradará ver dicha información publicada en Internet cuando sea mayor. Si su respuesta es no, o duda de la respuesta, no la publique.

Ver también:

Abogado con más de veinte años de ejercicio profesional. Máster por la Universidad Pontificia Comillas (ICADE) en Asesoría Jurídica de Empresas y Asesoría Fiscal, Máster en Gestión y Dirección Laboral por la Universidad de Vigo y Curso Experto en Compliance Officer por la Universidad Antonio de Nebrija. Responsable de la consultora PROTECCIÓN DATA, especializada en seguridad de la información y programas de cumplimiento normativo. Autor de más de 350 artículos sobre protección de datos (https://protecciondata.es/blog/)

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