El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 32 de Madrid ha fallado en contra de la decisión del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso de otorgar un complemento económico para premiar el «talento» de determinados profesionales públicos.

La providencia judicial responde a una demanda interpuesta por el sindicato CCOO, que argumentaba que esta medida se aprobó sin negociación previa y sin transparencia en los criterios de selección.

En el primer trimestre de 2024, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, anunció públicamente la implementación de un complemento específico destinado a recompensar a empleados públicos de niveles altos, decisión que se ejecutó sin discusión con los sindicatos en la Mesa General de empleados públicos.

Este movimiento fue catalogado por CCOO como una «prebenda» que vulneraba el derecho fundamental a la libertad sindical, ya que la Consejería de Hacienda no proporcionó detalles sobre los destinatarios del complemento ni los criterios para su otorgamiento.

El fallo judicial, que parcialmente da la razón a CCOO, ordena que el proceso sea retrotraído para llevar a cabo la negociación colectiva requerida. Sin embargo, el magistrado no considera que se haya infringido el derecho a la igualdad jurídica, otro punto denunciado por el sindicato. A pesar de esta sentencia, la Comunidad de Madrid aún puede apelar en un plazo de quince días.

CCOO destaca que esta resolución aporta «seguridad jurídica» para los empleados públicos de la Comunidad de Madrid, quienes deberían estar protegidos de decisiones arbitrarias y sin transparencia.

El sindicato explica que el complemento de talento podía ser asignado a discreción de altos cargos, como gerentes de hospitales o directores territoriales de educación, excluyendo a personal esencial como médicos, enfermeros, investigadores o profesores.

Este reparto discrecional del complemento, gestionado únicamente por la Consejería de Hacienda, deja fuera a numerosos trabajadores que también desempeñan funciones clave en el sistema público.

Según el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), la determinación de retribuciones complementarias debe ser objeto de negociación. En consecuencia, CCOO argumenta que cualquier cambio en las remuneraciones debe discutirse previamente, un criterio que el magistrado comparte en su fallo.

El sindicato espera que esta sentencia siente un precedente y garantice la inclusión de los sindicatos en decisiones que afectan directamente a los derechos laborales de los empleados públicos.

Esta resolución judicial subraya también la importancia de la transparencia y la obligación de negociación en la administración pública, cuestionando la práctica de asignar retribuciones a través de mecanismos que pueden parecer favorecedores para unos pocos y excluyentes para otros.

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