El Real Decreto que fue aprobado por el Gobierno de España el pasado 14 de marzo, fue modificado por otro el día 17 y en él se declaraba el estado de alarma en todo el territorio nacional para poder gestionar la crisis sanitaria debida al Covid-19.
Por ello, y por tanto, en su artículo siete, apartado primero, se establece que durante la vigencia del estado de alarma, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para el desarrollo de las distintas actividades que deberán ser realizadas individualmente, salvo en los casos de personas mayores, menores, o personas con discapacidad.
Las salidas deberán ser, unicamente, para adquisición de productos farmacéuticos y alimentos de primera necesidad, así como la asistencia a centros; servicios y establecimientos sanitarios; desplazamiento al lugar de trabajo; desplazamiento a entidades financieras y de seguros por causa de fuerza mayor o en situación de necesidad; y asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes y personas vulnerables o con discapacidad.
En relación con este último apartado, debido a que algunas personas con discapacidad necesitan adaptarse al confinamiento, y por ello, evitar situaciones de estrés que puedan desencadenar conductas complicadas, es posible salir a la calle, pasear en coche durante breves periodos de tiempo, y utilizar los paseos de modo terapéutico para que estén relajadas y puedan sentirse bien.
Esto es, se pueden realizar salidas siempre que sean necesarias e imprescindibles con las personas con discapacidad que impliquen actividades de asistencia o cuidado en la vía pública y aunque esta medida es excepcional y necesaria, aconsejan a los cuidadores que eviten las mismas y que el tiempo sea corto, para evitar el contagio de transmisión.
En el interín, las autoridades podrán requerir a los acompañantes o familiares la acreditación del grado de discapacidad y podrán solicitar la razón del paseo.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha recogido esta solicitud, que fue presentada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), y ha sido escuchado por el Gobierno central. Porque es necesario, a la hora de establecer una vida cotidiana en esta situación de confinamiento necesario, no romper la rutina de las personas con discapacidad intelectual, y evitar conductas disruptivas. A pesar de ello, recuerdan la necesidad del aislamiento y hacen un llamamiento a permanecer en casa por seguridad sanitaria el máximo tiempo posible.
Es importante que las personas que están en sus respectivos domicilios no increpen a las que ven paseando, porque puede tratarse de un colectivo como este, que es vulnerable a gritos, insultos y otras situaciones incómodas. Por ello, las persona con trastorno autista, TEA, u otras con perfil con discapacidad intelectual de otras patologías, así como aquellas que por tratamiento necesiten ejercitar la musculatura, podrán dar paseos responsables durante el estado de alarma.