El Real Decreto que fue aprobado por el Gobierno de España el pasado 14 de marzo, fue modificado por otro el día 17 y en él se declaraba el estado de alarma en todo el territorio nacional para poder gestionar la crisis sanitaria debida al Covid-19.

Por ello, y por tanto, en su artículo siete, apartado primero, se establece que durante la vigencia del estado de alarma, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para el desarrollo de las distintas actividades que deberán ser realizadas individualmente, salvo en los casos de personas mayores, menores, o personas con discapacidad.

Las salidas deberán ser, unicamente, para adquisición de productos farmacéuticos y alimentos de primera necesidad, así como la asistencia a centros; servicios y establecimientos sanitarios; desplazamiento al lugar de trabajo; desplazamiento a entidades financieras y de seguros por causa de fuerza mayor o en situación de necesidad; y asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes y personas vulnerables o con discapacidad.

En relación con este último apartado, debido a que algunas personas con discapacidad necesitan adaptarse al confinamiento, y por ello, evitar situaciones de estrés que puedan desencadenar conductas complicadas, es posible salir a la calle, pasear en coche durante breves periodos de tiempo, y utilizar los paseos de modo terapéutico para que estén relajadas y puedan sentirse bien.

Esto es, se pueden realizar salidas siempre que sean necesarias e imprescindibles con las personas con discapacidad que impliquen actividades de asistencia o cuidado en la vía pública y aunque esta medida es excepcional y necesaria, aconsejan a los cuidadores que eviten las mismas y que el tiempo sea corto, para evitar el contagio de transmisión.

En el interín, las autoridades podrán requerir a los acompañantes o familiares la acreditación del grado de discapacidad y podrán solicitar la razón del paseo.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha recogido esta solicitud, que fue presentada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), y ha sido escuchado por el Gobierno central. Porque es necesario, a la hora de establecer una vida cotidiana en esta situación de confinamiento necesario, no romper la rutina de las personas con discapacidad intelectual, y evitar conductas disruptivas. A pesar de ello, recuerdan la necesidad del aislamiento y hacen un llamamiento a permanecer en casa por seguridad sanitaria el máximo tiempo posible.

Es importante que las personas que están en sus respectivos domicilios no increpen a las que ven paseando, porque puede tratarse de un colectivo como este, que es vulnerable a gritos, insultos y otras situaciones incómodas. Por ello, las persona con trastorno autista, TEA, u otras con perfil con discapacidad intelectual de otras patologías, así como aquellas que por tratamiento necesiten ejercitar la musculatura, podrán dar paseos responsables durante el estado de alarma.

Ana De Luis Otero
Periodista. Doctora en Ciencias de la Información. PhD. Máster en Dirección Comercial y Marketing. Fotógrafo. Consultora de Comunicación Socia directora LOQUETUNOVES.COM; Presidenta de D.O.C.E.( Discapacitados Otros Ciegos de España); Secretaria General del Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD); Miembro del CEDDD autonómico de la Comunidad de Madrid; Miembro del Consejo Asesor de la Fundación López-Ibor; Miembro del Comité de Ética de Eulen Sociosanitarios; Miembro de The International Media Conferences on Human Rights (United Nations, Switzerland); exdirectora del diario Qué Dicen. Divulgadora científica, comprometida con la discapacidad y la accesibilidad universal. Embajadora de honor "Ñ". Representante en EASPD Europe del CEDDD Inclusive Life

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