Según las cifras oficiales, en julio han perdido la vida ocho trabajadores en la Comunidad de Madrid, de ellos seis en jornada laboral y dos en el trayecto de ida y vuelta al trabajo, informa UGT Madrid, sindicato para el que estos datos de siniestralidad laboral reflejan la realidad de lo que está ocurriendo en la seguridad y salud de las empresas en esta Comunidad.
La forma en que se han producido los accidentes mortales ha sido: dos por contacto con temperatura, o por golpe de calor; dos debido a una Patología no Traumática (PNT); uno como resultado de una caída y dos accidentes más en el trayecto de casa al trabajo o viceversa.
En el mismo periodo del pasado año (de enero a julio de 2021) fueron 45 los trabajadores fallecidos, y se produjeron un total de 50.972 accidentes laborales, un 32,45 por ciento más que en el mismo periodo de 2020.
En lo que va de año 2022, se ha producido 52.403 accidentes laborales en total, de los que 44.986 han sido en jornada de trabajo, con un incremento de casi un 12 por ciento respecto julio de 2021.
Lucila Sánchez, secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente de UGT Madrid, indica que «hay que reflexionar ante el insoportable goteo continuo de los accidentes laborales en nuestra región en lo que llevamos de año, y la pérdida de la vida de 54 trabajadores».
En enero han fallecido por accidente laboral cuatro trabajadores; en febrero fallecieron siete trabajadores; en marzo fueron doce trabajadores y trabajadoras; en abril perdieron la vida siete trabajadores, en mayo cinco trabajadores, en junio nueve y ahora en julio ocho trabajadores.
Lucila Sánchez apunta que las evaluaciones de los puestos de trabajo son garantistas y en ellas deben recogerse todos los riesgos a los que está sometida la población trabajadora: «el golpe de calor que han sufrido tres trabajadores en julio, a consecuencia de un factor de riesgo predecible, como es el estrés térmico por calor debido a las altas temperaturas que estamos sufriendo, no se debe obviar y sí evaluar».
Añade que la prevención en las empresas y en las diferentes administraciones está fallando, no se respeta la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, se ha producido una falta de cumplimiento del Art. 15 referido a los Principios de la Actividad Preventiva, y uno de ellos es la obligación por parte de la empresa y Administración de hacer la evaluación de los riesgos que afecten a los trabajadores y trabajadoras en el desempeño de las tareas de su trabajo.
También se ha incumplido el Real Decreto 39/1997 sobre el Reglamento de los Servicios de Prevención, dónde se aborda y desarrolla los pasos para hacer la evaluación de los riesgos, como punto de partida que puede conducir a la planificación de la actividad preventiva que sea necesaria en cada centro de trabajo para que se proteja la seguridad y salud de la población trabajadora.
Con estos datos, Lucila Sánchez llama desde UGT Madrid a la Administración autonómica y a las empresas para que se adopten medidas preventivas de manera inmediata, con el fin de poner freno a la escalada en el número de siniestros en el ámbito laboral.