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La Unión Europea registra la nueva IGP para el Cochinillo de Segovia

La Indicación Geográfica Protegida (IGP) ‘Cochinillo de Segovia’ ha quedado formalmente inscrita en el registro de la Unión Europea (UE) dentro de las Denominaciones de Origen Protegidas e Indicaciones Geográficas Protegidas y, por tanto, queda protegida por los derechos de propiedad intelectual.

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado el lunes 8 de julio el reglamento por el que se aprueba la protección para el nombre de esta nueva IGP.

El proceso de obtención de la IGP comenzó hace casi dos años, en concreto, el 6 de octubre de 2022 con la publicación de la solicitud en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

Este logro marca un hito en la protección y reconocimiento de la calidad del ‘Cochinillo de Segovia’, un alimento conocido por su carne tierna y sabor característico, alimentado exclusivamente con leche materna, que se distingue por sus canales de carne rosada y firme.

La zona geográfica de producción incluye toda la provincia de Segovia y la comarca de La Moraña, en Ávila, donde se lleva a cabo el nacimiento, cría, sacrificio y despiece de los animales, con lo que se garantiza la frescura y calidad del producto.

El etiquetado del Cochinillo de Segovia deberá incluir el logotipo de la denominación, el símbolo de la Unión Europea (UE), la fecha de sacrificio y el número de identificación para asegurar así la trazabilidad y autenticidad del producto.

Este logro no solo impulsa la reputación del Cochinillo de Segovia, sino que también fortalece la economía local y preserva las tradiciones culinarias de Castilla y León.

El reconocimiento de esta nueva IGP subraya la importancia de las figuras de calidad diferenciadas en la valorización de los alimentos. Estas certificaciones no solo protegen el producto, sino que también destacan su origen y autenticidad, ya que ofrecen a los consumidores una garantía de calidad superior.

El Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, aprobado recientemente, establece las normativas para las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP), las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP), las Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG) y los términos de Calidad Facultativos.

Los productos con una Indicación Geográfica Protegida (IGP) poseen alguna cualidad determinada o reputación u otra característica que pueda atribuirse a un origen geográfico y cuya producción, transformación o elaboración se realiza en la zona geográfica delimitada de la que toma su nombre.

La política de calidad diferenciada es crucial para el desarrollo y la sostenibilidad de las zonas rurales. La comercialización de productos que deben su especificidad al medio geográfico en el que se producen impulsan el desarrollo de estas áreas. Las indicaciones de calidad contribuyen a mejorar los ingresos de los agricultores y a fijar población, al tratarse de una actividad que no se deslocaliza.

Las últimas IGP aprobadas para España por la UE han sido la miel de Ibiza/mel d’ Eivissa y espárrago verde de Guadalajara.

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