El número total de casos judiciales por el cambio climático, para garantizar la acción y justicia climática, se ha más que duplicado desde 2017 y está creciendo en todo el mundo, señaló un nuevo informe divulgado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Pnuma), informa la IPS desde Nairobi.

Inger Andersen, directora ejecutiva del Pnuma, dijo que «la gente recurre cada vez más a los tribunales para combatir la crisis climática, responsabilizando a los gobiernos y al sector privado y haciendo del litigio un mecanismo clave para asegurar la acción por el clima y promover la justicia climática».

El número de casos relativos al cambio climático pasó de 884 en 2017, cuando se publicó un primer informe sobre el tema, a 2180 en 2022.

Aunque la mayoría de los casos se han presentado en Estados Unidos, los litigios climáticos toman fuerza en todo el mundo, y diecisiete por ciento de los casos se producen ahora en países en desarrollo, incluidos los pequeños Estados insulares.

La publicación del informe del Pnuma y el Centro Sabin de Derecho para el Cambio Climático de la estadounidense Universidad de Columbia coincide con el primer aniversario, este viernes 28 de julio 2023, del reconocimiento por la Asamblea General de la ONU de que el acceso a un medio ambiente limpio y sano es un derecho humano universal.

El informe ofrece una visión general de los principales casos de litigios climáticos de los dos últimos años, incluidos los avances históricos, y destaca que, a medida que aumentan en frecuencia y magnitud, crece también el acervo de precedentes jurídicos, formando una rama del Derecho cada vez mejor definida.

Las acciones jurídicas se interpusieron en 65 órganos de todo el mundo: en cortes internacionales, regionales y nacionales, cortes de distrito, cortes supremas, órganos cuasijudiciales y demás órganos jurisdiccionales, incluidos los procedimientos especiales de las Naciones Unidas y los tribunales de arbitraje.

Se muestra de qué maneras se están escuchando las voces de los grupos vulnerables en todo el mundo: 34 casos han sido presentados por parte de y en nombre de niñas, niños y jóvenes, como los casos de niñas de siete y nueve años en Pakistán e India, o en Suiza casos de mujeres en edad avanzada bajo impactos del cambio climático.

Se han presentado casos notables que impugnaron decisiones gubernamentales basadas en la incompatibilidad de un proyecto con los objetivos del Acuerdo de París –pacto mundial para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero- o con los compromisos nacionales de cero emisiones netas.

Asimismo, la creciente toma de conciencia sobre el cambio climático ha impulsado acciones contra las empresas, entre las que se incluyen casos para exigir responsabilidades por los daños causados al clima tanto a las firmas de combustibles fósiles como a otros emisores de gases de efecto invernadero.

La mayoría de los litigios climáticos corresponden a seis categorías, las primeras de las cuales son recurrir a los derechos humanos consagrados en el derecho internacional y las constituciones nacionales, y los desafíos relativos a la no aplicación nacional de las leyes y políticas relativas al clima.

Luego están los demandantes que procuran que los combustibles fósiles permanezcan bajo tierra, y los litigios relativos a las responsabilidades de las empresas por los daños y perjuicios causados al clima.

Les siguen los litigios en los que se aboga por una mayor divulgación de información relativa al clima y poner fin a la impostura ecológica (greenwashing), y los que denuncian la falta de adaptación a las consecuencias del cambio climático.

En el informe se demuestra cómo los tribunales están detectando fuertes vínculos entre los derechos humanos y el cambio climático. Como resultado, los grupos más vulnerables de la sociedad están recibiendo una mayor protección, al tiempo que se mejora la rendición de cuentas, la transparencia y la justicia, según el texto.

Por ejemplo, un tribunal de Países Bajos ordenó al gigante petrolero y gasífero Shell que cumpliese el Acuerdo de París y redujese para 2030 sus emisiones de dióxido de carbono en 45 por ciento con respecto a los niveles de 2019.

Se trató de la primera vez que un tribunal consideró que una empresa privada está sujeta a una obligación en virtud del Acuerdo de París, adoptado por Estados.

También por primera vez el Comité de Derechos Humanos de la ONU estableció que un país -Australia- violó la legislación internacional sobre derechos humanos con su política climática y su falta de acción con respecto a sus obligaciones para con los habitantes de las islas del estrecho de Torres.

El Supremo Tribunal Federal de Brasil dictaminó que el Acuerdo de París es un tratado de derechos humanos que goza de estatus «supranacional».

Los pequeños Estados insulares en desarrollo han iniciado y liderado iniciativas para obtener opiniones consultivas en materia de cambio climático por parte de la Corte Internacional de Justicia y el Tribunal Internacional del Derecho del Mar.

Según las previsiones del informe, en el futuro se incrementarán el número de casos relativos a la migración climática, los casos presentados por los pueblos indígenas, las comunidades locales y otros grupos afectados y, por último, los casos relativos a la responsabilidad posterior a los fenómenos meteorológicos extremos.

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