«El exhibicionismo obsceno es un delito y sanciona los actos de exhibición obscena frente a menores de edad o personas con discapacidad que necesiten especial protección». Lo dice el artículo 185 del Código Penal español, que además incluye como penalización: «La exposición de los genitales o la simulación de actos sexuales».

El caso que abordamos es el de un depravado, un tipo repugnante habitual de grandes superficies, como se muestra en la fotografía, por las que practica el exhibicionismo masturbándose; en este caso, ante una niña de siete años que, aterrada, presenciaba la escena mientras su padre seguía con la compra, de espaldas a la pequeña, totalmente ajeno a la repugnante escena.

El hecho ha ocurrido en Marbella, en un comercio de una reconocida cadena de alimentación en Nueva Andalucía. El comercio tiene cámaras de vigilancia estratégicamente instaladas, pero estos canallas, que se las saben todas, se las apañan para no ser vistos.

En esta ocasión, una persona, clienta habitual del comercio, venía observando lo que el tipo iba haciendo por los pasillos, hasta que llegó al lugar donde se encontraba la niña y, disimuladamente, se puso delante de la pequeña haciéndole una señal de silencio al tiempo que llamaba al teléfono de la encargada del comercio que acudió, inmediatamente, intentando retener al tipo, mientras llamaba a la policía.

Estos sujetos, que son siempre muy valientes, se crecen ante una mujer y, en este caso la respuesta a la encargada del comercio fue: «yo me masturbo donde me sale de los huevos y me da igual que venga la policía, porque nunca me pasa nada». En este caso, él mismo, reconoce y se jacta de ser reincidente.

El impulso del padre de la niña, al enterarse, fue ir a por el sujeto; pudieron impedirlo los empleados evitando que al pobre padre pudieran acusarle de agresión, por el hecho tan racional de defender a una menor, que además era su propia hija.

Desde el comercio avisaron a la policía nacional y fueron remitidos a la policía local porque ellos dijeron estar: «muy ocupados». Lamentable, porque llegó la policía local y dijo no tener competencias para detener al individuo. Tampoco tomaron declaración a los testigos, ni a la encargada del comercio.

El Código Penal busca en este tipo de delitos proteger la integridad de las personas más vulnerables y, aunque la pena varía según la gravedad del caso, puede conllevar penas de prisión de seis meses a un año o multas de doce a veinticuatro meses, además de la posible inscripción en el Registro de Delincuentes Sexuales. No obstante, nada de esto se produce si no existe denuncia previa, para la cual, la ley establece un año de plazo. No vale que, como en este caso, el tipo admitiera el hecho haciendo alarde de ello.

Lamentablemente, los padres de la niña, decidieron no efectuar la denuncia; posiblemente les contuvo el hecho de no ser españoles, a pesar de que son residentes en Marbella y la niña está escolarizada. Es por ello que, con la esperanza de que se produjera la denuncia y respetando la decisión de estos padres, hemos dejado pasar el tiempo que marca la ley para la publicación del reportaje.

Señalamos algunos de los actos que constituyen el delito de exhibicionismo, que, según establece la ley, tienen como objetivo, «causar ofensa, molestia o incomodidad en la víctima»:

  • Exponer los genitales de forma obscena.
  • Cometer actos lascivos o de carácter sexual frente a terceros.
  • Simular relaciones sexuales u otros actos sexuales.
  • Tener como objetivo causar ofensa, molestia o incomodidad en la víctima.

Sin embargo, comprobamos que la ley no contempla que el exhibicionista puede ser un violador en potencia, por lo que hemos consultado a César Lázaro, médico psicólogo de la Clínica Premium de Marbella y, en su respuesta, deja claro que estos depravados, son «dañinos conscientes y el amparo de la ley es precario. En el sistema español el juez dictamina entrar en un centro de salud mental, pero luego salen y vuelven a lo mismo porque no hay un seguimiento. Es una conducta punible que va contra el bienestar social. En España, la salud mental está bastante desatendida».

Le pregunto al doctor Lázaro, si estos tipos pueden ser violadores y la respuesta es clara y preocupante: «Sí, los exhibicionistas, pueden ser violadores; todo depende de dónde pongan el objeto del deseo; si buscan placer. Si en estas conductas, de exhibicionismo, no lo encuentran van a más; ellos en privado no tienen beneficio personal. Las metas van siendo cada vez más complejas, no le vale con exhibirse y puede que acabe cometiendo la violación».

Sobre la incidencia que estos actos puedan tener sobre una niña de siete años, el doctor Lázaro no tiene duda: «Todo va a depender de si la familia lo normaliza…o si la resiliencia de la niña es alta; si no es así puede acrecentar el miedo y convertirse en un trastorno ver a un varón que tiene ese tipo de comportamiento. Incluso le puede afectar en las relaciones interpersonales. Y, en el caso de que fuese un niño, podría tender a reproducirlo».

Es de difícil entendimiento, cómo se puede «normalizar» un hecho tan repulsivo. La repuesta, del doctor Lázaro apunta directamente al comportamiento social en el que el avance de la tecnología y la interacción entre las personas tienen su parte negativa: «Estamos en una sociedad en la que hay mucha pornografía, violencia muy agresiva. En el sistema español, el juez dictamina entrar en un centro de salud mental, pero luego no hay seguimiento y vuelven a lo mismo. En España el seguimiento es precario. La salud mental está bastante desatendida. Es una conducta punible que va contra el bienestar social». Es decir, que, en realidad lo que hace la ley es claramente una chapuza. El ejemplo que presentamos no deja lugar a dudas.

Al tratarse de una menor, recurro a la experiencia de Javier Urra académico de número de la Academia de Psicología en España y experto en psicología infantil, quien ha sido defensor del menor en la Comunidad de Madrid. Le comento lo sucedido, ya que, desde el desconocimiento legal, el hecho me conduce a pensar en la fragilidad del sistema español en lo que se refiere a la ley, que no protege al menor como debiera.

La respuesta del doctor Urra es clara: «El Código Penal, agravó las sanciones a todos los que, de una u otra forma agreden o violentan sexualmente». Le comento al doctor Urra que, en este caso, no solo no detuvieron al exhibicionista, sino que no le tomaron declaración y tampoco a los testigos del hecho. Lo que, al doctor Urra le lleva a responderme: «Pues que horror».

Por todo lo expuesto y pensando que estos actos punibles puedan afectar a los menores, pienso en la conveniencia de tomar como ejemplo este caso y divulgarlo ampliamente, de forma que los jueces se manifiesten y den explicaciones al respecto. Sería importante la participación del doctor Urra, director de la clínica de salud mental infanto juvenil, Recurra-Ginso; psicólogo forense de la Fiscalía de Menores y presidente de honor de la Sociedad Española para el Estudio de la Violencia Filio-parental (SEVIFIP).

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