El Consejo de Ministros ha aprobado este 9 de junio de 2020 el Real Decreto-ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en España y que, ha explicado la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, regirán tras la finalización del estado de alarma el próximo 21 de junio, y el proceso de desescalada.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha precisado que la norma aprobada hoy permanecerá vigente hasta que el Gobierno declare de forma motivada el final de la crisis sanitaria, tras escuchar a las comunidades autónomas en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias.

Illa ha señalado que algunas de las medidas no son nuevas, sino que prolongan las adoptadas durante el estado de alarma, como las de prevención e higiene, que son claves para frenar la propagación del virus.

Concretamente, se ha referido a la limpieza de espacios públicos y privados, el lavado frecuente de manos, el mantenimiento de la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros y el uso obligatorio de mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes.

También se da continuidad a las obligaciones de recogida, tratamiento y remisión de información de la enfermedad al Ministerio de Sanidad por parte de todos los operadores sanitarios de las comunidades autónomas.

Illa ha destacado la importancia de la detección precoz y la vigilancia epidemiológica para poder adelantarse a cualquier rebrote y, si se produjera, garantizar las capacidades del sistema sanitario para afrontarlo en un breve periodo de tiempo.

Así, se especifican los recursos necesarios de profesionales sanitarios, disponibilidad de camas y la obligatoriedad de planes de contingencia y la práctica de pruebas diagnósticas PCR o similares tan pronto como sea posible en los casos sospechosos.

Respecto a los centros residenciales de mayores, se establece que deben de estar coordinados con los centros sanitarios de sus respectivas comunidades autónomas y tener preparados planes específicos para hacer frente a eventuales rebrotes.

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