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El TJUE avala la directiva europea de salarios mínimos

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El TJUE avala la directiva europea de salarios mínimos

La reciente sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la directiva relativa a salarios mínimos adecuados (Directiva 2022/2041) confirma la validez de su núcleo esencial y consolida un marco europeo para avanzar en salarios dignos, reforzar la negociación colectiva y reducir la pobreza laboral en todos los Estados miembros.

El TJUE rechaza el recurso de anulación planteado por Dinamarca y Suecia -dos de los cinco países de la Unión Europea (UE) que no cuentan con salario mínimo-, confirmando que la UE tiene competencia para garantizar estándares mínimos vinculados al salario en el marco de la protección de los trabajadores y del pilar europeo de Derechos Sociales.

Este reconocimiento es clave para impedir retrocesos y consolidar un modelo europeo basado en justicia social y cohesión.

La sentencia del TJUE demuestra que Europa puede avanzar hacia una convergencia social al alza, consolidando salarios mínimos que permitan vidas dignas en todo el territorio europeo.

La sentencia mantiene íntegramente el artículo 5.4, que confirma como referencias internacionalmente aceptadas para evaluar la adecuación del salario mínimo el 60% del salario mediano bruto y el 50% del salario medio bruto.

Estos umbrales son la guía técnica esencial para garantizar que el salario mínimo sea suficiente para asegurar un nivel de vida digno, evitar la pobreza entre personas ocupadas, promover la cohesión social y contribuir a reducir la brecha salarial de género. Su preservación es el elemento central que asegura la utilidad real de la directiva.

Asimismo, se mantiene el artículo 4, que refuerza la negociación colectiva como instrumento básico para la fijación justa de salarios y la distribución equitativa de la riqueza laboral.

El TJUE solo anula los apartados 2 y 3 del artículo 5, referidos a la fijación automática de criterios de revisión. Sin embargo, esta modificación no altera la orientación material de la norma: los criterios de suficiencia salarial (60-50%) siguen plenamente vigentes como marco de referencia europeo.

Millones de trabajadores en la UE siguen cobrando el salario mínimo que varía según el país que se trate. Así, el más alto es el de Luxemburgo con 2704 euros y el más bajo el de Bulgaria (que en 2026 ya adopta el euro) con 551.

España, con 1361 euros de salario mínimo, ocupa el séptimo puesto de los países de la UE y actualmente tiene obligaciones asumidas mediante la Carta Social Europea Revisada, cuyo Comité Europeo de Derechos Sociales establece que dicho salario debe situarse como mínimo en el 60% del salario medio nacional, lo que debería ser la referencia efectiva y verificable de la política salarial.

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