La presidencia belga del Consejo de la Unión Europea y los negociadores del Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo provisional para mejorar la información al consumidor en las etiquetas de miel, mermeladas y zumos de frutas, así como de leche deshidratada.

El acuerdo se refiere a cuatro de las llamadas ‘directivas del desayuno’ y, una vez adoptado formalmente por el Consejo y la Eurocámara, actualizará las normas relativas a la composición, etiquetado y denominación de los citados productos agroalimentarios.

El fin de la revisión es ayudar a los consumidores a tomar decisiones informadas y más saludables con el objetivo promover un cambio hacia dietas más saludables y garantizar la transparencia con respecto al origen de los productos.

En cuanto a la miel, la etiqueta tendrá que indicar los países de procedencia en orden descendente y si procede o no de la Unión Europea; así como el porcentaje que representan en la mezcla, aunque se deja a las autoridades nacionales decidir que se pueda indicar solo el porcentaje de los cuatro primeros países de origen, siempre que representen más del cincuenta por ciento del peso.

Para garantizar la flexibilidad, en el caso de envases de menos de treinta gramos, los nombres de los países de origen podrán sustituirse por un código ISO de dos letras, que define los nombres de países, territorios dependientes y áreas especiales de interés geográfico.

El pacto provisional contempla crear una plataforma de expertos para ayudar a la Comisión Europea a desarrollar métodos para detectar la adulteración de la miel y mejorar los controles.

En el etiquetado de zumos, confituras y mermeladas, se especificará el país de origen de la fruta utilizada, en un plazo de 36 meses a partir de la entrada en vigor de la directiva.

Respecto a los zumos de fruta, el pacto prevé la adición de tres nuevas categorías: ‘zumo de fruta con bajo contenido de azúcar’ (si se han eliminado al menos el 30 por ciento de los azúcares naturales), ‘zumo de fruta con bajo contenido de azúcar a partir de concentrado’ y ‘zumo de fruta concentrado con bajo contenido de azúcar’.

Además, los fabricantes podrán utilizar la etiqueta ‘los zumos de frutas contienen sólo azúcares naturales’.

El acuerdo contempla, por otra parte, aumentar el contenido mínimo de fruta en las mermeladas y las denominadas extra (cien gramos más por kilo para las mermeladas y cincuenta más para las extra), garantizando al mismo tiempo una distinción significativa entre las dos categorías (cuatrocientos cincuenta gramos para la primera y quinientos gramos para la segunda), con lo que se reducirá el contenido de azúcar.

La resolución, por último, incluye el uso de tratamientos que produzcan productos lácteos deshidratados sin lactosa.

El pasado diciembre de 2023, el EuroParlamento fijó su posición sobre la revisión de las llamadas ‘directivas del desayuno’ -que datan de hace más de veinte años- con 522 votos a favor, 13 en contra y 65 abstenciones. El ponente fue el eurodiputado austríaco Alexander Bernhuber (PPE).

Tras el pacto entre Parlamento Europeo y Consejo, la nueva directiva se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y entrará en vigor veinte días después. Los países de la UE deberán aplicar las nuevas normas dos años después de su entrada en vigor.

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