El Consejo de Ministros ha acordado este 25 de junio de 2024 interponer recursos de inconstitucionalidad contra la normativa aprobada por la Comunidad de Madrid en 2023, bajo la presidencia de Isabel Díaz Ayuso, en materia de derechos de las personas trans y LGTBI.

Concretamente, contra las leyes 17/2023 y 18/2023 que modifican dos leyes autonómicas previas en un sentido regresivo para los derechos de las personas LGTBI.

La primera se refiere específicamente a los derechos y la protección de las personas trans y la segunda más genéricamente a la protección de las personas LGTBI en su conjunto.

Así lo ha anunciado la ministra de Igualdad, Ana Redondo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde ha asegurado que la normativa de la Comunidad madrileña es «regresiva» eliminando y derogando contenidos de protección de derechos y estableciendo nuevos requisitos o condiciones para su ejercicio.

Ana Redondo ha matizado que no se impugnan todas las previsiones de la normativa autonómica, sino aquellos aspectos que se consideran anticonstitucionales por ser contrarios a los derechos fundamentales o por invadir competencias del Estado.

En concreto, el Gobierno impugnará la excepción que se hace a la prohibición absoluta de las terapias de conversión permitiendo el asesoramiento psicológico o la evaluación psiquiátrica, que a menudo son formas encubiertas de este tipo de pseudoterapias.

En segundo lugar, también la patologización que se hace de los menores trans, al obligarles a someterse a un proceso de acompañamiento psicológico o psiquiátrico y a obtener un informe facultativo favorable como condición para iniciar un tratamiento para su transición.

En tercer lugar, se va a recurrir la contraposición discriminatoria que hace la ley de las personas trans frente a las mujeres y niñas cuando se les permite usar espacios o equipamientos «sin menoscabo de los derechos e intimidad del resto de usuarios, especialmente de las niñas y mujeres».

En este sentido, Ana Redondo ha remarcado que garantizar los derechos de las personas trans no pone en peligro los derechos de otras personas.

Por último, el Gobierno también considera que la norma de la Comunidad de Madrid invade las competencias exclusivas del Estado en materia procesal y de procedimiento administrativo al excluir a las organizaciones LGTBI de la condición de interesados en procedimientos penales y administrativos sancionadores, incluso cuando representen a una víctima o perjudicado con su permiso explícito.

La ministra de Igualdad ha destacado que la decisión de acudir al Tribunal Constitucional se adopta tras haber explorado la vía de la negociación, a través de la Comisión Bilateral, entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el art. 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, una comisión en la que «no ha sido posible llegar a un acuerdo con la Comunidad de Madrid».

Ante esta situación, el Gobierno interpondrá este recurso de inconstitucionalidad con efectos suspensivos, un recurso que Ana Redondo ha recordado, también ha interpuesto el Defensor del Pueblo alegando motivos similares.

La suspensión supondría que la prohibición de las terapias de conversión tendrá carácter absoluto, que las personas menores que quieran acceder a un tratamiento farmacológico no necesitarían acompañamiento psicológico o psiquiátrico, ni informe médico favorable y que carecerá de eficacia la exclusión de las organizaciones LGTBI como posibles interesadas en los procedimientos penales o administrativos sancionadores.

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