El Consejo de Ministros ha aprobado un Anteproyecto de Ley de Gestión Pública e Integridad del Sistema Nacional de Salud, una iniciativa del Ministerio de Sanidad que busca limitar de forma efectiva la privatización especulativa de la sanidad pública, reforzar la gestión directa como modelo preferente y aumentar la transparencia y la rendición de cuentas en todo el sistema sanitario.
La norma, presentada en febrero de 2026, responde a años de debate social y profesional sobre el impacto de los modelos de gestión privada en la calidad asistencial, el uso de recursos públicos y los derechos de los pacientes.
Un giro normativo para blindar la sanidad pública
El anteproyecto aprobado por el Gobierno establece un cambio de rumbo claro en la política sanitaria española. Su objetivo central consiste en garantizar que la prestación de los servicios sanitarios públicos se lleve a cabo, de manera preferente, mediante gestión directa por parte de las administraciones públicas, limitando el recurso a fórmulas privadas a supuestos estrictamente excepcionales.
Uno de los elementos clave del texto es la derogación de la Ley 15/1997, que abrió la puerta a nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud (SNS) y facilitó la entrada de operadores privados en ámbitos tradicionalmente públicos. Según el Ministerio de Sanidad, esta normativa contribuyó en las últimas décadas a una mayor fragmentación del sistema, déficits de transparencia y una menor capacidad de control institucional.
El nuevo marco legal se apoya en evidencia comparada internacional. Estudios analizados por el departamento que dirige la ministra Mónica García, basados en la experiencia de 38 países de la OCDE, concluyen que no existe evidencia sólida de que la privatización mejore la eficiencia, mientras que los sistemas de gestión pública muestran un mejor uso de los recursos disponibles.
Gestión directa como regla general y gestión indirecta como excepción
La futura ley define con precisión qué se entiende por gestión directa dentro del SNS. Esta podrá ejercerse:
- Por la propia administración sanitaria competente.
- A través de entidades del sector público institucional, tanto estatal como autonómico o local.
- Mediante consorcios sanitarios formados exclusivamente por administraciones o entidades públicas.
La gestión indirecta, por el contrario, queda limitada a situaciones excepcionales, cuando se acredite que no resulta posible la prestación directa del servicio y siempre que se cumplan condiciones estrictas de sostenibilidad financiera, eficiencia, calidad asistencial, continuidad y accesibilidad.
Antes de autorizar cualquier fórmula de este tipo, la administración deberá elaborar una memoria justificativa y someterla a la evaluación de un comité técnico independiente, integrado por personas expertas del ámbito sanitario, representantes profesionales y miembros de la sociedad civil. Los informes y resoluciones deberán publicarse de forma obligatoria en los boletines oficiales y en las sedes electrónicas correspondientes, reforzando así la transparencia del proceso.
Fin de los contratos mixtos y más control sobre concesiones
Otro de los aspectos destacados del anteproyecto es la prohibición expresa de los contratos que combinan la construcción de infraestructuras sanitarias con su posterior gestión privada. Estas fórmulas, habituales en algunos modelos concesionales, han sido objeto de críticas por generar dependencia a largo plazo, sobrecostes y dificultades para el control público.
En el caso de concesiones de servicios sanitarios, la ley exige además un informe preceptivo de la Oficina Nacional de Evaluación, que deberá analizar la viabilidad y sostenibilidad financiera de cada operación antes de su aprobación.
Consorcios sanitarios: regulación clara y control reforzado
La norma dedica un apartado específico a los consorcios sanitarios, una figura habitual en varias comunidades autónomas. A partir de ahora, estos deberán:
- Estar adscritos obligatoriamente a una administración sanitaria.
- Someterse a la normativa de estabilidad presupuestaria y control de cuentas.
- Auditar anualmente sus estados financieros.
- Ajustar el régimen de su personal —funcionario, estatutario o laboral— a criterios homogéneos y transparentes.
Con ello, el Ministerio de Sanidad pretende evitar situaciones de opacidad y garantizar que estas entidades operen bajo los mismos estándares de control que el resto del sector público sanitario.
Transparencia, buen gobierno y rendición de cuentas
El anteproyecto incorpora medidas orientadas a reforzar el buen gobierno en el SNS. Entre ellas destaca la obligación de que comunidades autónomas e INGESA doten a sus centros de instrumentos de gobernanza adecuados y publiquen periódicamente información detallada sobre contratación, conciertos, resultados en salud y calidad asistencial.
Asimismo, se establecerán indicadores comunes de salud y calidad, acordados en el seno del Consejo Interterritorial del SNS, que permitirán comparar resultados y evaluar políticas públicas de manera homogénea en todo el territorio.
Actualidad: reacciones y contexto en 2026
La aprobación del anteproyecto ha sido recibida con interés por parte de organizaciones sociales, sindicatos y plataformas en defensa de la sanidad pública. Desde la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública (FADSP) se considera que la iniciativa «responde a una reivindicación histórica de profesionales y usuarios para recuperar el control público de un servicio esencial», según han señalado en valoraciones difundidas a través de su web oficial.
En el ámbito sindical, CCOO Sanidad Madrid ha subrayado que la limitación de la privatización «puede contribuir a estabilizar plantillas, mejorar condiciones laborales y, en consecuencia, elevar la calidad asistencial», una demanda recurrente en comunidades donde los modelos privados han tenido mayor implantación.
Por su parte, UGT Sanidad ha destacado la importancia de que la norma incluya mecanismos de evaluación y asesoramiento técnico para los procesos de reversión de servicios privatizados, con participación de la Alta Inspección del SNS.
Desde el Ministerio de Sanidad se insiste en que la ley no persigue una recentralización, sino dotar a las comunidades autónomas de un marco común que refuerce los principios de universalidad, equidad, solidaridad y transparencia del sistema sanitario público.
Evaluación de la privatización y apoyo a las reversiones
El anteproyecto prevé la elaboración, en el plazo de un año, de un informe exhaustivo sobre las experiencias de gestión privada en el SNS desde 1997, elaborado por un grupo de personas expertas en economía de la salud y gestión sanitaria. Este documento servirá como base para futuras decisiones políticas y para orientar a las administraciones que opten por revertir servicios externalizados.
Además, la Alta Inspección del Ministerio de Sanidad ofrecerá asesoramiento técnico a las comunidades autónomas que inicien procesos de recuperación de la gestión pública, un aspecto especialmente relevante en territorios donde los modelos concesionales han generado mayor controversia social.
Un enfoque centrado en los derechos de pacientes y usuarios
Desde la perspectiva de los derechos de los usuarios y consumidores, la iniciativa gubernamental refuerza garantías esenciales: acceso equitativo a la atención sanitaria, control del gasto público, transparencia en la contratación y mecanismos efectivos de rendición de cuentas.
La norma reconoce que la sanidad no es un mercado más, sino un servicio público esencial, cuyo objetivo principal debe ser la protección de la salud y no la obtención de beneficios económicos.
Si el anteproyecto supera su tramitación parlamentaria, España contará con una de las regulaciones más avanzadas de su entorno para limitar la privatización especulativa en sanidad y consolidar un modelo basado en la gestión pública, la evidencia científica y la participación social.




