El Derecho de la Discapacidad como rama propia del ordenamiento jurídico en España

Un equipo multidisciplinar de expertos -liderados por el secretario general del Consejo General de la ONCE y de la Fundación Derecho y Discapacidad, Rafael de Lorenzo, además de por el presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), Luis Cayo Pérez– reivindican la creación del Derecho de la Discapacidad como rama propia del ordenamiento jurídico en España.

Esta es la tesis principal del libro ‘Fundamentos del Derecho de la Discapacidad’, editado por Thomson Reuters Aranzadi dentro de su colección Grandes Tratados. Se trata del primer título de una serie de publicaciones sobre este mismo tema, promovida por Cermi y por la Fundación Derecho y Discapacidad.

En declaraciones a Servimedia, Rafael de Lorenzo explica la utilidad y conveniencia de especializarse en dichos estudios: «En España hay más de cuatro millones de personas con discapacidad que, sumadas a sus familias, representan un porcentaje muy notable de población. Somos también el diez por ciento de la ciudadanía europea».

Así pues, la primera razón tiene que ver con el gran número de personas afectadas por estas regulaciones, detalló, a lo que hay que añadir «la gran cantidad de normas reguladoras que ya existen al respecto».

Por eso, «convendría aunar todo este conocimiento», prosiguió, para abordar todas las cuestiones jurídicas relativas a las personas con discapacidad de forma sistemática.

En su opinión, «sería especialmente útil de cara a la especialización profesional de jueces, fiscales, procuradores y, sobre todo, abogados». Podría así surgir la figura del abogado experto en discapacidad, avanzó De Lorenzo. Este es uno de los objetivos de hecho del libro y de la serie acordada con la editorial.

Según De Lorenzo, «se ha llegado además a un acuerdo con una universidad mexicana para replicar esta misma propuesta adaptada a su derecho nacional» con el fin de expandir la disciplina en el contexto latinoamericano.

También «pretendemos llegar al Consejo General de la Abogacía a través del Colegio de Abogados de Madrid, para que en todos los colegios de abogados de España (que estén interesados) se imparta un título o diploma de Experto en Derecho de la Discapacidad», aseguró.

Más a largo plazo, «trabajamos para la creación de un máster interuniversitario sobre Derecho de la Discapacidad, que se ofrezca en varias universidades y proporcione una formación seria y profunda sobre el tema a los estudiantes interesados».

Estructura y contenidos

La obra consta de dos grandes partes bien diferenciadas. La primera está dedicada a la metodología y análisis del cambio paradigmático propuesto y a los argumentos jurídicos y científicos que sostienen la existencia del Derecho de la Discapacidad como rama jurídica propia, mientras que la segunda se dedica a desgranar los diferentes temas específicos que conforman el contenido material de la nueva disciplina desde una perspectiva de Derecho Positivo.

Por su parte, esta última se divide en tres bloques: ‘Sustrato social, principios y valores’, con un capítulo dedicado a cada uno de estos temas; ‘Contenido material del Derecho de la Discapacidad’, con ocho apartados sobre los contenidos principales, y ‘Políticas, mecanismos y estructuras’, que ofrece una sección sobre cada una de estas tres materias desde un prisma filosófico y político.

Los capítulos abordados en el segundo bloque versan sobre el concepto y sistema de fuentes en la nueva disciplina; las libertades fundamentales como el derecho a la vida y a la intimidad en el apartado de las personas; derechos, igualdad y no discriminación, a fin de tratar la invisibilidad y la discriminación múltiple que sufre este colectivo, con especial mención a la infancia; derechos y accesibilidad, como un amplio derecho que ha de garantizarse en múltiples facetas de la vida; libertad, en referencia a la autonomía personal y a la vida independiente; las prestaciones y obligaciones de los poderes públicos que las administraciones han de procurar para asegurar estos derechos; la garantía y tutela de los derechos, sobre el acceso a la justicia y la protección jurídica, y los deberes de las personas con discapacidad.

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