
Posicionamiento de las Organizaciones Sindicales
La unidad de acción sindical en este caso ha sido histórica, sumando a centrales de ideologías muy diversas bajo el lema «Hacer sindicalismo no es delito».
Confederación Nacional del Trabajo (CNT)
Como sindicato directamente afectado, la CNT ha liderado la resistencia jurídica y social. Su postura se centra en:
- Denuncia de Premeditación: Sostienen que el cierre de la pastelería fue una decisión empresarial previa al conflicto, probada por anuncios inmobiliarios que datan de un año antes de las protestas.
- Estrategia de Escarmiento: Consideran que la sentencia es un «castigo ejemplarizante» para desmovilizar el sindicalismo combativo y feminista.
- Crítica al Sesgo Judicial: Denuncian que etiquetas como «terrorismo empresarial» se usaron como agravante en este caso, mientras que el Supremo las ha avalado como libertad de expresión en otros contextos.
- Vía Internacional: Tras agotar la vía nacional, han elevado el caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
Comisiones Obreras (CCOO)
El sindicato liderado por Unai Sordo ha calificado la entrada en prisión como una violación de derechos fundamentales «inadmisible en un Estado de Derecho». Sus argumentos principales son:
- Precedente Peligroso: Advierten que la sentencia abre la vía para que cualquier protesta laboral sea perseguida penalmente por otros jueces.
- Asimetría Jurisdiccional: Critican que un conflicto puramente laboral se haya dirimido en la jurisdicción penal y no en la social, que es la competente para regular las relaciones entre trabajadores y empresas.
- Apoyo al Indulto: Han impulsado activamente la medida de gracia al considerar la condena una «explícita criminalización de la protesta».
Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT)
Desde la UGT, tanto a nivel nacional con Pepe Álvarez como regional en Asturias, la postura ha sido de rechazo absoluto:
- Regresión democrática: Álvarez ha declarado que la sentencia representa una «regresión en derechos y libertades» y una criminalización directa del ejercicio sindical.
- Injusticia manifiesta: El secretario general de UGT Asturias calificó la situación de «auténtica injusticia» y un retroceso de cien años en materia de derechos laborales.
- Desproporción: Sostienen que defender los derechos laborales nunca debería conllevar penas de prisión ni indemnizaciones millonarias que amenazan la viabilidad de las organizaciones obreras.
El ingreso en prisión y el régimen penitenciario
A pesar de la movilización social y la tramitación de las peticiones de indulto, el Juzgado de lo Penal n.º 1 de Gijón decretó el ingreso en prisión el 9 de julio de 2025. El magistrado Lino Rubio rechazó suspender la ejecución de la pena alegando falta de arrepentimiento de los condenados, basándose en que el sindicato seguía defendiendo la legitimidad de sus acciones y que la indemnización civil había sido satisfecha por la organización y no por los acusados a título personal.
El 10 de julio de 2025, las seis sindicalistas (cinco mujeres y un hombre) ingresaron voluntariamente en el Centro Penitenciario de Asturias. Este acto fue precedido por una concentración de apoyo multitudinaria, reflejando la solidaridad del movimiento obrero con las condenadas.
Sin embargo, la estancia en régimen cerrado fue breve; apenas una semana después, el 18 de julio de 2025, se les concedió el tercer grado penitenciario.
Este régimen de semilibertad permitió a las Seis de la Suiza cumplir su condena en un Centro de Inserción Social (CIS), permitiéndoles trabajar y mantener sus vínculos familiares durante el día, pernoctando únicamente en el centro de lunes a jueves.
Para los grupos de apoyo, aunque el tercer grado fue un alivio, no resolvía la injusticia de fondo, manteniendo la exigencia de un indulto total que extinguiera la responsabilidad penal de forma definitiva.
La resolución política: El anuncio del indulto en 2026
Nueve meses después del ingreso en prisión, el escenario político y social desembocó en la concesión de la medida de gracia. El Ministerio de Trabajo anunció que llevaría la propuesta al Consejo de Ministros tras una campaña en favor del indulto.
El anuncio, adelantado por diversos medios regionales y nacionales, especificó que el indulto extinguiría las penas de prisión pendientes de cumplimiento. La decisión se fundamentaba en razones de «justicia y equidad», condicionada a que las beneficiarias no cometan un delito doloso en el plazo de tres años.
La medida fue recibida como una victoria por el movimiento sindical, aunque la fiscalía del área de Gijón y la familia propietaria del negocio manifestaron su oposición frontal, alegando que el perdón gubernamental socavaba la autoridad judicial.
Apoyos institucionales y políticos al indulto
| Entidad / Actor Político | Tipo de Apoyo | Argumentación Principal |
| Gobierno del Principado de Asturias | Institucional | Plena integración social y laboral de las condenadas. |
| Ministerio de Trabajo (Yolanda Díaz) | Político | El sindicalismo no es delito y es un pilar democrático. |
| Sindicatos (CNT, UGT, CCOO, CGT, USO) | Social | Defensa de los derechos fundamentales de la clase trabajadora. |
| Grupos Parlamentarios (Sumar, ERC, Bildu, BNG) | Legislativo | Proposición No de Ley en el Congreso para instar al indulto. |
Implicaciones para el futuro del sindicalismo en España
El desenlace del caso de las Seis de la Suiza deja profundas interrogantes sobre la evolución de la justicia laboral en el país. Por un lado, la sentencia del Tribunal Supremo ha establecido un precedente peligroso para la interpretación de las coacciones económicas, permitiendo que la presión sindical tradicional sea calificada como delito grave si conlleva el cese de una actividad económica.
Este marco jurídico obliga a las organizaciones obreras a replantear sus estrategias de movilización para evitar la vía penal.
Por otro lado, la concesión del indulto demuestra la capacidad de la presión política y social para corregir lo que amplios sectores perciben como una desproporción judicial manifiesta. El caso ha reforzado la unidad de acción entre sindicatos de diferentes sensibilidades y ha puesto de relieve la necesidad de reformar ciertos aspectos del Código Penal y de la denominada «Ley Mordaza» que facilitan la criminalización del activismo pacífico.
A pesar del indulto, la CNT ha mantenido su intención de obtener una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que declare que el sistema judicial español vulneró el derecho a la libertad sindical y de expresión, buscando crear una jurisprudencia europea que proteja la actividad sindical frente a interpretaciones punitivas extremas de la legislación nacional.
Conclusiones del análisis del caso
El conflicto de la pastelería La Suiza no fue un incidente aislado, sino un síntoma de las tensiones latentes en el mercado laboral español. El paso de una disputa por acoso y horas extras a una condena de cárcel para seis personas evidencia una falta de mecanismos de mediación efectivos y una tendencia a la judicialización de los conflictos sociales.
El indulto del Gobierno pone fin a la reclusión física de los sindicalistas, pero la herida en el tejido social de Gijón y el precedente judicial de la «doctrina Marchena» seguirán siendo objeto de debate en los próximos años. Para las empresas, el caso subraya la importancia de la transparencia y el respeto a la normativa laboral para evitar derivas conflictivas; para los sindicatos, representa un recordatorio de la necesidad de blindar sus acciones ante un entorno judicial cada vez más riguroso con la protesta en la vía pública.
Epilogo
Yolanda Diaz:

Manuel Marchena Perea es, sin duda, una de las figuras más influyentes y mediáticas de la judicatura española contemporánea. Como presidente de la Sala Segunda (lo Penal) del Tribunal Supremo, su trayectoria se define por un estilo técnico sumamente refinado, una oratoria barroca y una capacidad estratégica para mantener la unidad en una sala ideológicamente diversa.
Para entender su figura, es necesario analizar el equilibrio entre su rigor jurisdiccional y el ruido político que siempre ha rodeado su carrera.
Resoluciones clave: El «Sello Marchena»
Marchena ha liderado sentencias que han marcado la historia reciente de España. Su estilo se caracteriza por ser garantista en las formas pero inflexible en el fondo, buscando siempre la unanimidad para blindar las decisiones del Supremo.
La Sentencia del Procés (2019): Es su obra cumbre. Marchena logró que los siete magistrados de la sala (de distintas sensibilidades) firmaran una sentencia unánime. Optó por el delito de sedición en lugar de rebelión, argumentando que la violencia no fue un elemento estructural para lograr la independencia. Esta resolución mostró su perfil de «hombre de Estado», buscando una sentencia técnica que fuera difícil de revertir en Europa.
Caso Alberto Rodríguez (2021): La condena al exdiputado de Podemos por una patada a un policía supuso un choque institucional sin precedentes con el Congreso. Marchena defendió que la pena de prisión (sustituida por multa) conllevaba obligatoriamente la pérdida del escaño, lo que generó acusaciones de «activismo judicial» desde sectores de la izquierda.
Inhabilitación de Quim Torra: Bajo su presidencia, la Sala ratificó la inhabilitación del expresident de la Generalitat por no retirar pancartas en periodo electoral, reafirmando su postura estricta sobre la neutralidad de las instituciones.
Conexiones y contexto político
Aunque Marchena es un magistrado de carrera (procedente de la carrera fiscal), su nombre ha estado vinculado a la órbita conservadora, aunque con matices que lo hacen difícil de encasillar totalmente.
El polémico «WhatsApp de Cosidó»
El episodio más crítico de su carrera política no ocurrió en un estrado, sino en un chat de WhatsApp. En 2018, el PP y el PSOE acordaron que Marchena fuera el Presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Sin embargo, se filtró un mensaje de Ignacio Cosidó (entonces portavoz del PP en el Senado) afirmando que con Marchena controlarían la Sala Segunda «desde atrás».
Consecuencia: Ante el daño a su imagen de independencia, Marchena emitió un comunicado inédito renunciando a la candidatura y reivindicando su autonomía. Este gesto le devolvió el prestigio perdido entre sus compañeros, aunque no disipó las dudas de los sectores críticos.
Relación con el poder ejecutivo
Marchena ha mantenido una relación de «tensión institucional» con los gobiernos de coalición. Ha sido una de las voces más críticas (a través de autos y providencias) contra las reformas del Código Penal (como la eliminación de la sedición o la reforma de la malversación), advirtiendo de las lagunas legales que estas generaban.
El «poder en la sombra»
Muchos analistas coinciden en que Marchena es el verdadero arquitecto de la resistencia del Poder Judicial frente a lo que el sector conservador de la judicatura considera injerencias del Legislativo. Su influencia no solo reside en lo que juzga, sino en cómo organiza y dirige la Sala que tiene la competencia exclusiva para juzgar a los políticos aforados.
En resumen, Manuel Marchena es percibido por unos como el último guardián del orden constitucional y por otros como un estratega político que utiliza el Derecho para marcar la agenda del país.




