Amnistía Internacional sostiene que España debe armonizar su legislación con las normas internacionales de derechos humanos, suprimiendo del Código Penal los delitos de «enaltecimiento del terrorismo» y de «injurias a la Corona» porque restringen indebidamente la libertad de expresión.
La oenegé ha calificado de ¡Gran noticia para la #LibertadDeExpresión! que el Tribunal de Apelación de Gante, Bélgica, haya confirmado que el rapero Valtònyc no puede ser extraditado a España por los delitos de enaltecimiento del terrorismo, injurias a la Corona y amenazas por los que fue condenado en 2017.
La justicia belga ya denegó en 2018 la extradición de Valtònyc, considerando que su legislación penal no contenía ninguna disposición sobre «enaltecimiento del terrorismo», ni tampoco sobre «amenazas no condicionales», es decir, sin exigir una cantidad de dinero u otra condición.
Recientemente, en octubre, el Tribunal Constitucional de Bélgica estableció que la ley belga del siglo diecinueve que tipifica como delito las injurias al rey no cumplía con los estándares internacionales sobre libertad de expresión, y no era compatible con el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Desde Amnistía ya se había denunciado que, aunque haya quien considere que sus canciones son escandalosas, la sentencia condenatoria dictada en España contra Valtònyc constituía una restricción desproporcionada de su derecho a la libertad de expresión
Por esta razón, se había instado a las autoridades españolas a retirar la orden de detención contra Valtònyc, y a Bélgica a cumplir con sus obligaciones de derechos humanos no facilitando su entrega a España, donde podía entrar en prisión por haber ejercer su libertad de expresión al escribir la letra de sus canciones.