Amnistía Internacional ha elaborado siete recomendaciones[1] que considera fundamentales a tener en cuenta en trámite parlamentario para aprobar el Proyecto de Ley de Vivienda enviado por el Gobierno de España al Congreso, para mejorar una iniciativa «histórica» que «llenará un vacío normativo de regulación de este derecho a nivel estatal desde la Constitución española».

Marta Mendiola, responsable de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en Amnistía Internacional indica que «valoramos las medidas que van orientadas a promover la asequibilidad de la vivienda, el incremento del parque de vivienda social, la desincentivación de las viviendas vacías y la prórroga en la suspensión de desalojos de personas en situación de mayor vulnerabilidad, entre otros aspectos» que la organización lleva décadas exigiendo.

Pero añade que «sin embargo, es necesario que se preste una atención mayor en el texto a las mujeres, ya que no se incluyen medidas concretas que mejoren su acceso a la vivienda, teniendo en cuenta que un 27,2 por ciento de las mujeres españolas está en riesgo de pobreza o exclusión social, frente al 25,6 por ciento de los hombres y que las desigualdades de género dificultan el acceso y garantía del derecho a una vivienda adecuada, especialmente de aquellas mujeres que se encuentran en situaciones entrecruzadas de desigualdad, por ser jóvenes, migrantes, discapacitadas o en situación de pobreza».

Asimismo, «el texto debe adaptarse a las necesidades de género que se derivan de la asunción de las tareas de cuidado que asumen mayoritariamente, así como a otras necesidades especiales cuando son víctimas de violencia de género o pertenecen a colectivos excluidos o estigmatizados. Sólo teniendo en cuenta las diferencias y desigualdades de género e interseccionales podrá hacerse efectiva la igualdad de las mujeres en el acceso y disfrute del derecho a la vivienda».

También considera «que se debe mejorar la protección jurídica del derecho a la vivienda, así como la protección de las personas que enfrentan desalojos. La legislación debe garantizar que ninguna persona sin recursos quedará sin hogar involuntariamente a causa de un desalojo. Dada la actual crisis de disponibilidad de vivienda social en España, las administraciones competentes en la materia deberán adoptar medidas que aseguren que las personas en situación de vulnerabilidad tengan acceso a ayudas que permitan que estas personas no queden en situación de sinhogarismo y los jueces y juezas deben asegurar que dichas medidas han sido adoptadas antes de proceder a autorizar un desalojo. Es necesario además una garantía para que las administraciones tengan la obligación de hacer de este derecho una realidad de manera progresiva, y lograr que se abstengan de adoptar medidas deliberadamente regresivas que son contrarias al derecho internacional de los derechos humanos». 

Agrega que, asimismo, «el texto debería ser más ambicioso a la hora de adoptar medidas para mejorar la asequibilidad de la vivienda, en un país en el que el 37 por ciento de la población que vive de alquiler dedica a los gastos de vivienda más del 40 por ciento de sus ingresos. Es necesario que la sujeción al sistema de índice de precios no se limite a los grandes tenedores de viviendas, sino que debería aplicarse de forma generalizada a todos los nuevos contratos de arrendamiento de viviendas ubicadas en zonas declaradas de mercado residencial tensionado. Y por otra parte, la aplicación de la ley no debería demorarse dieciocho meses ni supeditarse a la aprobación de un nuevo sistema».

Indica también que «el proyecto reconoce que el parque de vivienda social en España se encuentra entorno a las 290.000 viviendas, lo que representa un 1,6 por ciento del total de hogares españoles. Sin embargo, el texto no establece un objetivo y un calendario que garantice un parque mínimo de viviendas destinadas a políticas sociales, que debería ser, como mínimo el equiparable a la media europea, es decir, del 15 por ciento de las viviendas principales existentes en los municipios con demanda de vivienda fuerte y acreditada».

Y sostiene que el texto final «debería incorporar la obligación para las administraciones de evaluar el impacto de las políticas de vivienda en las personas y sus derechos, documentar y divulgar información desagregada sobre las condiciones de vivienda, el impacto y resultado de las políticas de vivienda y sobre el impacto de los desalojos en base al sexo, edad, discapacidad, nacionalidad, condición socioeconómica y otros posibles motivos de discriminación».

Para Amnistía sería importante la creación de un mecanismo independiente responsable de la evaluación de las políticas y legislación en materia de vivienda, desde un enfoque de derechos humanos, incluido el enfoque de género, que cuente con los recursos adecuados y que se establezca un mecanismo de control mediante el cual este organismo aporte información de manera periódica al Congreso de los Diputados sobre la situación del derecho a la vivienda.

Considera también que esta regulación debe aportar soluciones para abordar la crisis de vivienda que existe en el país y que Amnistía y otros actores, como el Relator Especial sobre pobreza y derechos humanos de Naciones Unidas han venido denunciando.

Durante la última década, cientos de miles de personas han perdido su vivienda, se ha producido un incremento alarmante de los precios de la vivienda de alquiler y el exiguo parque de viviendas social ha sido y sigue siendo claramente insuficiente para satisfacer las necesidades de vivienda de la población, especialmente de las personas en situación de mayor vulnerabilidad. 

Y recuerda que «esta situación de crisis ha provocado que España sea el país que más condenas tiene por parte del Comité de derechos económicos, sociales y culturales de Naciones Unidas por haber vulnerado el derecho a la vivienda».

  1. España: siete mejoras imprescindibles para la Ley de Vivienda

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