Madrid fue la tercera comunidad con más prestaciones por nacimiento y cuidado de menor entre enero y junio de 2026, con 40.914 permisos gestionados, según los datos difundidos este jueves por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. En el conjunto de España, 231.656 madres y padres disfrutaron de este permiso, ampliado desde julio de 2025 hasta diecinueve semanas con carácter general.

La prestación, heredera de las antiguas bajas de maternidad y paternidad, reconoce un derecho individual y no transferible a ambos progenitores. Según el comunicado ministerial, el permiso se retribuye al cien por cien y alcanza las treinta y dos semanas en el caso de las familias monoparentales.

Permisos de nacimiento en Madrid

Madrid aparece como la tercera comunidad autónoma por número de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor gestionadas en el primer semestre de 2026, por detrás de Andalucía, con 45.809, y Cataluña, con 44.771. La Comunidad Valenciana figura a continuación, con 25.951 prestaciones.

En el conjunto del país, 108.614 madres y 123.042 padres disfrutaron de esta prestación de la Seguridad Social entre enero y junio. El Ministerio precisa que estas cifras corresponden a periodos disfrutados durante el semestre, por lo que no coinciden necesariamente con el número de expedientes tramitados, ya que algunas prestaciones pudieron iniciarse en 2025 y continuar en 2026.

La Seguridad Social abonó en ese periodo 248.500 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor. De ellas, 114.636 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 133.864 al segundo progenitor, normalmente el padre.

Diecinueve semanas de permiso retribuido

El permiso general comprende diecisiete semanas hasta que el bebé cumple un año y dos semanas adicionales que pueden disfrutarse hasta que el menor alcanza los ocho años. En las familias monoparentales, el periodo asciende a treinta y dos semanas, más cuatro semanas adicionales.

La cuantía de la prestación equivale a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y la abona directamente el Instituto Nacional de la Seguridad Social durante las semanas de permiso.

La ampliación se aprobó en julio de 2025, aunque las semanas adicionales que pueden disfrutarse hasta los ocho años comenzaron a solicitarse el 1 de enero de 2026. Según la información facilitada por el Ministerio, pueden acogerse a ellas de forma retroactiva las familias cuyos hijos nacieron a partir del 2 de agosto de 2024.

En los procesos de familias monoparentales se gestionaron 2549 prestaciones durante el semestre. De ellas, 2476 correspondieron a mujeres y 73 a hombres.

Duración media y gasto público

El gasto asociado a la prestación por nacimiento y cuidado de menor en la primera mitad de 2026 superó los 2285 millones de euros, según los datos oficiales.

La duración media de los permisos activos entre enero y junio fue de 112,7 días. En el caso de las mujeres, la baja duró de media 114,8 días, cuatro días más que la de los hombres, cuya duración media fue de 110,8 días.

El Ministerio recuerda que la solicitud puede tramitarse de forma telemática a través del portal Tu Seguridad Social y del portal de prestaciones de la Seguridad Social. También pueden solicitarse por vía telemática los periodos sucesivos de descanso cuando los progenitores optan por dividir el permiso.

Excedencias por cuidados

Además de los permisos de nacimiento, la Seguridad Social tramitó 24.983 excedencias por cuidado de hijo, menor acogido o familiar entre enero y junio. El 81,7 por ciento correspondió a mujeres, con 20.415 expedientes, frente a 4568 solicitados por hombres.

Madrid encabezó también este apartado, con 4771 excedencias tramitadas, por delante de Cataluña, con 3518; Andalucía, con 3096; Comunidad Valenciana, con 2769, y País Vasco, con 2330.

Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo o menor acogido se consideran periodo de cotización efectiva para determinadas prestaciones de la Seguridad Social. En el caso del cuidado de otros familiares, esa consideración se aplica al primer año de excedencia.

El Ministerio remite la información estadística completa a la web de la Seguridad Social.

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