El Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes Generales este 13 de septiembre de 2022 un Proyecto de Ley que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones que vulneren el ordenamiento europeo y nacional.
La norma incorpora a la legislación española la directiva comunitaria de 2019 conocida como Whistleblowers y cumple con los objetivos del Gobierno en la lucha integral contra la corrupción contenidos en el acuerdo de coalición y en el IV Plan de Gobierno Abierto 2020-2024.
Marco jurídico para proteger al informante
La ministra de Justicia, Pilar Llop, ha destacado que el objeto central de la futura ley es la protección «eficaz y efectiva» por parte de la Administración de aquellas personas que, tanto en el seno de organizaciones públicas como privadas, comuniquen informaciones relativas a infracciones del derecho de la Unión y derecho nacional.
Cuando la información revele la posibilidad de que se haya cometido un delito, deberá comunicarse inmediatamente a la Fiscalía.
Cualquier ciudadano o funcionario público podrá denunciar las operaciones, subvenciones y adjudicaciones sospechosas, incluso de manera anónima, una novedad que se ha introducido «teniendo en cuenta que el Tribunal Supremo ya admite las denuncias en vía penal anónimas en nuestro sistema y considerando que, además, las denuncias anónimas siempre tienen una especial valoración en vía probatoria», ha señalado la ministra.
Con la finalidad de establecer garantías contra informaciones falsas o delaciones espurias, que pueden generar un grave daño a personas, instituciones públicas o empresas, se sancionará la comunicación o revelación pública de información a sabiendas de su falsedad.
El régimen sancionador contempla, por ejemplo, amonestaciones públicas, la prohibición de obtener subvenciones o de contratar con la Administración Pública y multas que podrán ir de 1001 a 300.000 euros en el caso de personas físicas y de 10.001 a 1.000.000 de euros en el caso de las jurídicas.
Pilar Llop ha puntualizado que el nuevo mecanismo contemplado en la ley no sustituirá a las tradicionales vías de denuncia, ya sea judicial o de ámbito sectorial.
Procedimiento
Las denuncias podrán ser efectuadas a través de una autoridad administrativa independiente, de nueva creación, o a través de los canales internos de cada organización, que serán obligatorios para las empresas de más de cincuenta trabajadores, partidos políticos, sindicatos y fundaciones que reciban fondos públicos.
También deberán contar con ellos todos los municipios, aunque los que no superen los diez mil habitantes podrán compartir los medios para la recepción de informaciones, siempre y cuando estén dentro de la misma comunidad autónoma.
El plazo máximo para emprender las investigaciones necesarias y responder al informante será de tres meses, con posibilidad de prórroga si la complejidad del asunto así lo requiere.